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Jordi Sànchez

El Constitucional plantea las mismas condiciones para Sànchez que aplicó a Puigdemont

El pleno del TC tiene previsto admitir a trámite el próximo martes el recurso del Gobierno contra la designación de Puigdemont como candidato a presidir el Govern. Una nominación que ya fue suspendida cautelarmente el pasado 27 de enero cuando no solo anulo provisionalmente el nombramiento sino que impuso una serie de condiciones que se repetirán en el futuro.

El líder de la Asamblea Nacional Catalana, Jordi Sánchez, en un receso antes de prestar declaración como investigado por sedición ante la Fiscalía de la Audiencia Nacional / Paco Campos (EFE)

Madrid

El tribunal de garantías ha ordenado que la presencia del candidato para ser designado tiene que ser presencial, nada de medios telemáticos ni por sustitución y para que asista deberá tener permiso del juez del tribunal supremo ya que esta ordenada su busca y captura en territorio español. Solo hace falta cambiar un nombre por otro y donde dijeron Puigdemont, pondrán Jordi Sànchez.

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El expresidente de Asamblea Nacional Catalana, se encuentra en las mismas circunstancias jurídicas: está imputado por delitos de rebelión o sedición y en prisión por riesgo de reiteración delictiva, desde el pasado 16 de octubre,

Sobre su posible permiso para salir de prisión para cualquier acto del Parlament, el magistrado de quien depende su libertad, Pablo Llarena, ya ha dejado claro que los detenidos “instigaron actos violentos, llamando a la ciudadanía a replicar masivamente su desobediencia y no hay garantías de que no vayan a volver a hacer lo mismo aunque sea por su mera presencia vigilada”.

En esas condiciones descritas por el juez, "afrontar unas conducciones de salida y de retorno del centro penitenciario, en fecha y horas determinadas, con un punto de destino y de regreso bien conocido, y hacerlo con la garantía de que se desarrollarán despejadas del grave enfrentamiento ciudadano que puede impulsarse o brotar con ocasión del traslado de unos presos que suscitan su apoyo incondicional, es algo que este instructor no percibe con la garantía que reclama el mantenimiento de la pacífica convivencia que precisamente justificó la adopción de la medida cautelar", argumentó el instructor del Tribunal Supremo.

El Tribunal Constitucional tendrá estudiar además el recurso de amparo presentado por la Generalitat contra la aplicación del artículo 155, lo que obligara al tribunal determinar el alcance constitucional de las medidas necesarias adoptadas por Mariano Rajoy y pronunciarse sobre si es acorde a la Carta Magna destituir a un gobierno autonómico, controlar la actividad del parlamento y convocar elecciones.

Javier Álvarez

Javier Álvarez

Ha desarrollado la mayor parte de su carrera en La Cadena SER donde esta vinculado a la sección de Justicia...

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