La reforma que permite acusar de terrorismo a la supuesta líder de los comités separatistas detenida
El endurecimiento del Código Penal en 2015 tras el pacto antiterrorista de PP y PSOE permite acusar de terrorismo a la supuesta líder de los CDR: causar desordenes públicos para subvertir el orden constitucional puede tener finalidad terrorista
Madrid
La Guardia Civil ha detenido en Cataluña por orden del juzgado número 6 de la Audiencia Nacional a una presunta líder de los autodenominados Comités de Defensa de la República (CDR) como presunta responsable de la coordinación de los cortes de carreteras y sabotajes en los peajes llevados a cabo por estos activistas en Semana Santa en la comunidad autónoma. Fuentes de la investigación han señalado a la SER que está acusada de los delitos de rebelión y terrorismo.
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La Guardia Civil se acoge al Código Penal ampliado y endurecido en 2015 gracias al llamado pacto antiterrorista que sellaron PP y PSOE. Un pacto muy criticado por penalistas de distintas sensibilidades y que ha sufrido algunos recortes por parte del Supremo. Fue una reforma de los delitos del terrorismo que se introdujo principalmente para luchar contra el terrorismo yihadista, contra el adoctrinamiento pasivo, un punto que por cierto fue tumbado despues por el Tribunal Supremo. "La ampliación tipificaba como delito de terrorismo el adoctrinamiento o adiestramiento en ténicas militares o de desarrollo de armas. Esta conducta se castiga bien al recibir adiestramiento de terceros o bien 'capacitándose' a si mismo, es decir el autodidacta".
El Tribunal Supremo ha anulado varias condenas por adoctrinamiento pasivo yihadista "por falta de motivación en la sentencia" al no poder confirmar que la posesión de archivos en su móvil sirvieron para adherirse al ideario del Estado Islámico. Es decir el Supremo aclara que para que una condena por este delito sea válida es exigible que haya quedado demostrado que "el reo accediera o adquiriera material yihadista porque asumía esa doctrina y porque tenía voluntad de pasar a la acción" .
Entre las principales novedades de esta regulación estaba la de ampliar el catálogo de las finalidades terroristas y en esta lista aparece la de causar desordenes públicos para subvertir el orden constitucional. En este punto donde se encuadraría la acusación de terrorismo que se ha hecho contra la responsable del Comité de Defensa de la República. Se tipifica además "el delito de desordenes publicos, el delito de sedición y el de rebelión como delitos de terrorismo si se cometen por organización o grupo terrorista o por personao personas que los cometan individualmente pero amparados por grupo terrorista".
El Tribunal Supremo también anuló el delito de multireincidencia delictiva. La justicia decidió que la reforma tenía poca incidencia porque la justicia va más rápida que las detenciones y no llegan a acumularse los casos.
Ana Terradillos
Licenciada en Periodismo por la Universidad de Navarra (1991-1996) y en Ciencias Políticas por la UNED...