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Caso Gürtel

Diez jueces marcaron el destino de Mariano Rajoy

Ni la sentencia del caso Gürtel hubiera sido la misma, ni la práctica de determinada prueba como la declaración como testigo del presidente del Gobierno saliente habría tenido lugar, si “en una muestra de que el sistema de garantías funciona”, diez de los dieciocho jueces del pleno de la Audiencia Nacional no hubieran recusado a los magistrados Concepción Espejel y Enrique López del tribunal, por su afinidad al PP

Mariano Rajoy, durante el debate de moción de censura. / Pablo Blazquez Dominguez (Getty Images)

Madrid

Un hecho fundamental aconteció el 30 de octubre de 2015, según reconocen desde la judicatura y la Fiscalía, en el devenir de los acontecimientos que han acabado provocando la salida del Gobierno de Mariano Rajoy. Aquel día, diez de los dieciocho jueces del pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, decidieron apartar del futuro juicio de la Gürtel por su afinidad al PP a la magistrada que iba a presidir el tribunal, Concepción Espejel. Hasta 14 recusaron también para el juicio en ese pleno a su compañero Enrique López, por idéntico motivo.

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Ambos fueron colocados por un Consejo General del Poder Judicial nombrado por la mayoría absoluta del PP, en la sección que iba a ser la encargada de juzgar la Gürtel – en el caso de Espejel incluso de forma muy discutida -, y su sustitución por Julio de Diego y Ángel Hurtado cambió para siempre la historia, según las mismas fuentes. Ni el contenido de la sentencia habría sido el mismo, y con toda probabilidad ni siquiera hubiera declarado en el juicio Mariano Rajoy, cuyo testimonio sobre la caja b fue “inverosímil”, de forma unánime para el nuevo tribunal conformado por Hurtado, De Diego y José Ricardo de Prada.

Las acusaciones populares fueron clave

Fueron las acusaciones populares, denostadas por algunos responsables políticos, las que iniciaron el procedimiento al denunciar que Concepción Espejel, llamada “Concha” por María Dolores de Cospedal, debía al PP sus nombramientos en la Audiencia Provincial de Guadalajara y en el Consejo General del Poder Judicial, mientras que López también había sido designado magistrado del Tribunal Constitucional y vocal del órgano de gobierno de los jueces por la formación conservadora. Además, Enrique López había impartido 68 cursos en el que fuera laboratorio de ideas del Partido Popular, la fundación FAES, por los que cobró más de 13.000 euros.

Las acusaciones populares de ADADE y el PSOE de Madrid recusaron a los dos jueces por este motivo, mientras que la acusación del partido socialista valenciano solo vio motivos para apartar a López.

La independencia de la Fiscalía Anticorrupción

La Fiscalía Anticorrupción, dirigida entonces por el conservador Antonio Salinas, debía emitir un informe clave para el pleno, y de forma sorprendente “en una decisión que pone en valor su independencia”, apoyó que ambos magistrados fueran apartados del caso al considerar “acreditadas” las “dudas sobre su imparcialidad”. Aquel texto fue firmado por las fiscales Concepción Sabadell y Concepción Nicolás, acusación en el juicio oral.

Con estos argumentos, aquella mañana de otoño de 2015 se reunieron los 18 magistrados del pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, y “dejando a un lado corporativismos y la amistad en algunos casos”, según fuentes de aquel pleno, decidieron votar “en conciencia”. El “sistema de garantías funcionó”, recuerdan aquellas fuentes y apartaron del tribunal del caso Gürtel a Espejel y López con la tesis de que un juez no solo debe ser imparcial sino parecerlo, establecida como doctrina por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos.

Rajoy, obligado a declarar por el nuevo tribunal

El nuevo tribunal, sin los “contaminados” Espejel y López permitió la práctica de la mayor parte de las pruebas solicitadas por las distintas partes del proceso. Incluida la solicitud de ADADE para que Mariano Rajoy, en su condición de secretario general del PP en el periodo en que tuvieron lugar los hechos, declarase como testigo. Una decisión adoptada por Julio de Diego y José Ricardo de Prada, con el voto contrario de Ángel Hurtado, que “hubiera sido imposible”, recalcan todas las fuentes consultadas, con Espejel y López entre la terna de magistrados. “Y menos aún obligarle” a declarar de forma presencial ante el tribunal.

Con toda probabilidad, con un juicio presidido por Concepción Espejel, acompañada por Enrique López y José Ricardo de Prada, la sentencia no hubiera ido mucho más allá de considerar partícipe a título lucrativo al PP. Todas las fuentes consultadas tienen serias dudas de que entre los hechos probados en ese caso hubieran sido incluidas las referencias a que existió la financiación ilegal del PP, a que este partido junto al grupo Correa creó un “eficaz sistema de corrupción institucional” con “mecanismos de manipulación de la contratación pública central, autonómica y local”, o a considerar “acreditada” ante la “contundente prueba” la caja b de esta formación política que recibía donaciones de empresarios “finalistas” a cambio de obra pública amañada.

Y por supuesto, una sentencia con el tribunal recusado “jamás” habría acusado a Mariano Rajoy de mentir por negar la caja b y los sobresueldos “opacos a la Hacienda Pública”, por la sencilla razón de que no hubiera tenido que declarar.

La decisión de aquellos diez jueces del pleno de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, marcó el destino de Mariano Rajoy. La leve brisa causada por el aleteo de su decisión aquella mañana otoñal de hace más de tres años y medio, ha provocado el huracán que hoy le ha arrastrado hasta el abismo.

 
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