¿Qué dice la ley sobre las capillas católicas de las universidades públicas?
Los expertos se contradicen basándose en distintas leyes y acuerdos del Estado
Madrid
Dieciséis de las 50 universidades públicas españolas tiene capillas católicas en alguna de sus facultades. En total hay 33, según los datos recopilados por la asociación Europa Laica. El profesor de historia del Derecho en la UNED Jorge Montes aclara que la Constitución no ampara la presencia de capillas en una institución pública como la universidad: “Es una reminiscencia del régimen anterior. No está amparado para nada que eso exista porque entonces tendría que haber una mezquita, tendría que haber una sinagoga… si hablamos de pluralismo confesional tendría que haber el resto de confesiones con las que incluso tiene acuerdos el Estado español”, sentencia.
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No piensa lo mismo otro profesor. Jaime Bonet, experto en Derecho eclesiástico del Estado en la Universidad de Valencia, cree que las protege articulo 16.3 de la Constitución que obliga a los poderes públicos a tener en cuenta las creencias religiosas de los ciudadanos y a cooperar con las distintas confesiones con mención expresa a la católica. “Yo no construiría una nueva en una universidad que se creara pero una que ya existe tampoco la quitaría porque está amprada por ese artículo”, matiza.
En lo que los dos profesores coinciden es en que eliminar estas capillas no es tan sencillo. Además de la Constitución, hay que tener en cuenta los acuerdos con la Santa Sede: “La ley obliga a que la institución civil tenga que solicitar del ordinario del lugar, que es el obispo, que desacralice ese local para poder darle otro uso. Se podría hacer por la tremenda pero hay relaciones institucionales que lo evitan. No sería lo más adecuado”, indica Jorge Montes.