Cinco años de cárcel y terapia por abusar de la hija de sus vecinos en Arganda del Rey
La Justicia ha condenado a un hombre por abusar de la hija de sus vecinos en la localidad de Arganda del Rey: la acusación critica que la familia de la niña ha tenido que mudarse al no haberse impuesto una orden de alejamiento hasta la sentencia
Madrid
La Justicia ha condenado a cinco años y un día de cárcel a un vecino de la localidad madrileña de Arganda del Rey por abusar sexualmente en dos ocasiones de la hija de sus vecinos de rellano, que entonces tenía ocho años de edad. Tanto la defensa como la acusación han llevado el caso ante el Tribunal Supremo, y la sentencia reprocha al condenado que haya intentado desacreditar la denuncia acusando a la madre de la víctima de estar "encaprichada" con él.
Según ha declarado probado la Audiencia Provincial de Madrid en una sentencia a la que ha tenido acceso la Cadena SER, la familia del acusado y la de la víctima vivían en el mismo edificio en Arganda y tenían una relación excelente, sobre todo entre sus respectivas hijas. En dos ocasiones, explica la resolución, el condenado abusó sexualmente de la hija de sus vecinos, y en otra además grabó a la pequeña desnuda sin que ella lo supiese, aunque sin que el vídeo tuviese una "finalidad inequívocamente sexual".
Fue la madre quien decidió acudir a la Guardia Civil después de que la niña le contase lo sucedido: en un primer momento los agentes no encontraron ningún signo de delito, aunque posteriormente la instrucción judicial fue destapando no sólo los abusos sino también que el acusado había borrado casi 30.000 imágenes, fotos y audios de sus teléfonos móviles recientemente, aunque "pocos" de contenido pornográfico según el instituto armado. La niña aseguró que el acusado le ofreció "dos euros" a cambio de no contar nada a nadie.
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Unos hechos que para los jueces de la sección 16ª de la Audiencia Provincial de Madrid merecen cinco años y un día de cárcel por un delito continuado de abusos sexuales y otro de descubrimiento y revelación de secretos, teniendo en cuenta como dilaciones indebidas los cinco años que tardó el caso en llegar a juicio y estableciendo también seis años de libertad vigilada y la obligación de participar en programas formativos de educación sexual. Igualmente, tendrá prohibido trabajar con niños durante tres años y pagar una indemnización de 15.000 euros a la víctima junto con una multa de 2.560 euros.
Reprimenda de los jueces
En su sentencia, los magistrados avalan el testimonio "espontáneo, franco, creíble y verosímil" de la niña como prueba incriminatoria, destacando dos informes de psicólogos de la Sección de Análisis del Comportamiento Delictivo (SACD) de la Policía Judicial que rechazan que la niña actuase por venganza o instigada por su madre: descartan "que pudiera existir aleccionamiento por parte de adultos ni animadversión hacia el acusado ni razones para formular una acusación falsa", explica la sentencia.
De hecho, los jueces dedican buena parte de sus argumentos a rebatir la estrategia de defensa del condenado: no sólo negó los hechos de forma tajante, sino que incluso acusó a la madre de la víctima de haberle denunciado en falso y por estar "encaprichada" con él, una versión que corroboraron su propia esposa y otros vecinos, haciendo alusión a "rumores" que apuntan a esta "obsesión". Los magistrados no sólo descartan esta versión, asegurando que es "un cúmulo de lagunas", afirmando textualmente que "siendo más reprochable, si cabe aún, la actitud del acusado cuando pretende hacer ver que todo responde a una ideación de la denunciante aleccionando a su hija" por un supuesto despecho amoroso.
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Los jueces también aseguran que "sorprende" que tanto el acusado como su familia intenten culpar a la madre de la víctima "pero guarden un inexplicable silencio" sobre esta actitud supuestamente obsesiva. De hecho, no se cree la versión ofrecida también por varios vecinos que testificaron y asegura que lo hicieron "con la evidente intención de tratar de eliminar o reducir las consecuencias punitivas de sus actos".
Vecinos de escalera
La sentencia no es firme y ha sido recurrida ante el Tribunal Supremo tanto por parte de la defensa del acusado como también por la representación legal de la niña. La sentencia refleja que ambas familias vivían en el mismo rellano de un edificio de Arganda del Rey, y también que la familia de la víctima pidió una orden de alejamiento que fue negada varias veces. Poco después de poner la denuncia, la jueza instructora explicó que en ese momento "sólo se cuenta con el testimonio objetivo de la menor, bastante para continuar con la imputación pero insuficiente para una medida de tal injerencia", que en la práctica hubiese supuesto una obligación de mudarse al vivir puerta con puerta con la víctima. María Victoria Blanco es la abogada de la víctima, y explica los motivos por los que han decidido recurrir:
'Asistimos a un espectáculo bochornoso'
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El caso siguió adelante, la Audiencia Provincial confirmó esta negativa ocho meses después y tras años evitando a los vecinos y sin, por ejemplo, bajar a la piscina comunitaria, fue la familia de la víctima la que decidió mudarse poco antes del juicio que ha terminado en una condena para el agresor de su hija. En el juicio, el padre de la niña explicó que este asunto "ha destrozado a su familia": la sentencia ya prohíbe al agresor acercarse a menos de medio kilómetro de la víctima.