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El Supremo contesta a Alemania: no entregar a Puigdemont por rebelión es una decisión "carente de rigor"

La sala de apelaciones confirma un auto de 9 de marzo del juez Llarena que negaba la puesta en libertad de Jordi Sànchez y contesta al tribunal de Schleswig-Holstein explicando que sí existe rebelión con violencia en la causa

Joaquim Forn es trasladado en furgón al Tribunal Supremo / Anna Punsí

Madrid

El Tribunal Supremo contesta a la Justicia alemana criticando que se haya opuesto, al menos de momento, a entregar a Carles Puigdemont por un delito de rebelión. "Si los hechos que se han venido cometiendo en España se hubieran perpetrado en un Land de Alemania no parece muy factible que todo se saldara con una sentencia condenatoria meramente simbólica", como razonaron los jueces alemanes, dice el auto.

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Los jueces de la sala de apelaciones critican que el tribunal de Schleswig-Holstein comparase el desafío secesionista catalán con unos altercados en un aeropuerto de Frankfurt. "No se trataba de ampliar o no una de las pistas de El Prat, lo que aquí sucedía era que después de más de dos años se culminaba el proceso secesionista, poniendo las masas en la calle para que votaran en un referéndum inconstitucional oponiéndose a la fuerza legítima del Estado", dice el auto.

Son razonamientos vertidos por la sala de apelaciones del Tribunal Supremo, que ha decidido confirmar la decisión del juez Pablo Llarena del pasado 9 de marzo de negar a Jordi Sànchez poder salir de prisión para ser investido president de la Generalitat de Catalunya ese mes.

Carles Puigdemont tras abandonar la prisión alemana

Carles Puigdemont tras abandonar la prisión alemana / OMER MESSINGER

Los magistrados españoles rebaten los razonamientos de sus homólogos alemanes y explican que los seis mil agentes desplazados hasta Catalunya "resultaron ostensiblmente superados por los dos millones de votantes", afirmando que el referéndum ilegal llegó a celebrarse y que "si hubieran intervenido un número bastante mayor de policías e smuy probable que todo acabara en una masacre".

Decisión "carente de rigor"

Para el Tribunal Supremo, el anuncio de la audiencia de Schleswig-Holstein "contradice los parámetros propios de lo razonable" al comparar el caso de Catalunya con el de las protestas contra la ampliación del aeropuerto de Frankfurt en los años ochenta. "Se trata de dos supuestos fácticos que nada tienen que ver el uno con el otro" y esa comparación "resulta carente de rigor para fundamentar una resolución judicial como la adoptada".

Los jueces hablan de "ilustrativo zigzageo" en el análisis que hacen de la resolución de la Justicia alemana y dan a entender que los jueces de Schleswig-Holstein no tenían todos los datos encima de la mesa: "Si el tribunal hubiera operado con un material probatorio adecuado y hubiera examinado reposadamente el conjunto de las actuaciones el resultado habría sido muy distinto", dicen.

"Camparon a sus anchas"

Los magistrados Alberto Jorge, Francisco Monterde y Miguel Colmenero defienden la existencia del delito de rebelión por el que Llarena ha procesado a trece personas, entre ellas Sànchez y Puigdemont: "Camparon a sus anchas para seguir la hoja de ruta que se marcaron", dicen, y añaden que "en lugar de valerse de la violencia para tomar el poder central del Estado, trataban de desconectar o desgajar las instituciones autonómicas cuyos poderes ejercían".

Jordi Sànchez en una imagen de archivo

Jordi Sànchez en una imagen de archivo / EFE

En ese contexto, dicen los jueces, "es claro que la violencia física pasaba a un segundo lugar" pero que "como era totalmente previsible y evitable hubo violencia y hubo enfrentamientos físicos".

Rebelión, no sedición

Por primera vez en los últimos meses, los jueces de la sala de apelaciones también recuerdan que la primera querella que interpuso la Fiscalía contemplaba no sólo la comisión de un posible delito de rebelión, sino también de sedición, y niegan que en este caso se produjese ese delito.

"Parece claro que estamos ante un delito que ataca al núcleo del sistema político y jurídico que impone la norma constitucional, aspectos que son los propios de un delito de rebelión, no ante un conflicto más focalizado que afecte al sistema político y jurídico en un ámbito más concreto o particularizado, que es lo típico de la sedición", dice. Ese podría ser el supuesto de los incidentes violentos del 20 de septiembre frente a a la Consejería de Economía en Barcelona "si no surgieran en el contexto propio de plan u hoja de ruta separatista que se alarga durante varios años en el tiempo".

 
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