De la rebelión de la Fiscalía a la sedición de la Abogacía: claves de las acusaciones
La Abogacía del Estado ve "movilizaciones sociales" allí donde la Fiscalía ve "hostigamiento" a la Policía
En algunos casos la Fiscalía pide más del doble de años de cárcel para los acusados
Madrid
Fiscalía y Abogacía del Estado han presentado este viernes sus escritos de calificación provisional, que marcarán el paso en el primer juicio del Tribunal Supremo contra el procés independentista. Repasamos las claves, parecidos y diferencias entre ambos escritos.
¿Violencia?
¿Rebelión o sedición? La Fiscalía ha optado por el primer delito y la Abogacía del Estado por el segundo después de examinar los mismos altercados del 21 de septiembre en Barcelona y el 1 de octubre en toda Catalunya. La diferencia está en la gravedad que se atribuye a estos hechos: la Fiscalía menciona más de veinte veces la violencia mientras que esa palabra ni siquiera aparece en el escrito de la Abogacía del Estado.
La Fiscalía no renuncia al lenguaje bélico que ha empleado para describir estos hechos: "Actos de hostigamiento, barricadas, asedio, masa" frente a los "movilización social, ambiente crispado y hostil" o "los ciudadanos como agente político" de la Abogacía.
El plan independentista
Fiscalía y Abogacía del Estado hacen su propio dibujo de lo que los investigadores llevan desgranando desde hace un año: el plan del bloque independentista que arrancó en 2012 y culminó el 27 de octubre con la fallida Declaracion Unilateral de Independencia. La Fiscalía por ejemplo habla de "una estrategia a la que denominaron procés perfectamente planificada, concertada y organizada para fracturar el orden constitucional", diferenciando en tres ramas principales: la del Parlament, la del Govern y la de organizaciones sociales. El plan era, según la Fiscalía, "orillar la aplicación de la legalidad constitucional y estatutaria" y alcanzar la independencia.
En términos similares se explica la Abogacía del Estado: diferencia entre esos tres mismos espacios de acción y habla de "un proceso que concluyera con la celebración de un referéndum de autodeterminación y, eventualmente, con la declaración de independencia de Cataluña". En medio, la aprobación de una decena de normas como las del Referéndum, la puesta en marcha de organismos autónomos e incluso el conocido como 'Libro Blanco' del procés, desde la etapa de Artur Mas hasta la fuga de Carles Puigdemont.
Décadas de inhabilitación
Al margen de las condenas de prisión y multas que proponen tanto la Fiscalía como la Abogacía del Estado, ambos organismos apuestan por inhabilitar durante años a los acusados y evitar así que puedan, entre otras cosas, presentarse a unas elecciones. El reloj de la inhabilitación empieza a correr una vez cumplida la pena de prisión: Artur Mas, Francesc Homs, Irene Rigau y Joana Ortega fueron condenados a penas de hasta dos años de inhabilitación, por ejemplo, por la consulta del 9 de noviembre de 2014.
En el caso de la Fiscalía, pide un cuarto de siglo de inhabilitación para Junqueras, entre 16 y 17 años para los exc6onsellers y Carme Forcadell y más de un año para los exmiembros de la Mesa del Parlament. La Abogacía del Estado, por su parte, pide como máximo doce años de inhabilitación.
Condenas: menos de la mitad
La diferencia de criterio entre Fiscalía y Abogacía del Estado se traducen en peticiones mucho menores de condena por parte del segundo organismo. En el caso de Oriol Junqueras, la petición pasa de los 25 años de cárcel de la Fiscalía a los 12 de la Abogacía, en el de Carme Forcadell y los exconsellers encarcelados pasa de 16 años a 11, y en el de 'los Jordis' de 17 a 8, menos de la mitad.
No es el caso con los exconsellers en libertad: Fiscalía y Abogacía piden los mismos siete años de prisión para Mundó, Borràs y Vila, y las mismas multas de hasta 30.000 euros para los exmiembros de la Mesa del Parlament de Catalunya.
El papel de 'los Jordis'
Una vez analizado el papel de los políticos, Fiscalía y Abogacía del Estado abordan el que cumplieron Jordi Sànchez y Jordi Cuixart y las asociaciones que dirigían entonces: la Asamblea Nacional Catalana (ANC) y Òmnium Cultural (OC). Para la Fiscalía, por ejemplo, estas organizaciones desarrollaron un "papel crucial mediante la movilización popular", Cuixart y Sànchez hicieron una "aparición estelar" en el proceso y "aprovecharon su liderazgo para favorecer una movilización colectiva" para enfrentar a los ciudadanos y la Policía durante el referéndum. Define sus convocatorias para manifestarse como "incendiarias".
Dentro de su tendencia a no calificar su actividad como violenta, la Abogacía del Estado también otorga este papel protagonista a Cuixart y Sànchez: ellos "desarrollaban un papel crucial mediante la movilización popular como instrumento de presión para negociar con el Estado", formaban parte de un "plan orquestado", analizando el poder de convocatoria de las distintas Diadas desde 2015 y que los disturbios del 21 de septiembre fueron "inducidos, convocados, dirigidos y queridos por los acusados Sánchez y Cuixart".
El dinero malversado
La cantidad de dinero público de la Generalitat supuestamente invertido en el referéndum ilegal ha sido uno de los puntos más polémicos de la investigación, con varios informes de la Guardia Civil arrojando cifras distintas. Tampoco en este caso se ponen de acuerdo: la Abogacía del Estado - que aquí representa al Ministerio de Hacienda - cifra la malversación en 1.971.601,42 euros, mientras que la Fiscalía suma unas cantidades que se acercan a los tres millones.
Entre otros conceptos contabilizados por ambos organismos, se acusa de invertir dinero y recursos públicos de la Generalitat de Catalunya en los locales donde se celebró el referéndum, la publicidad, cartelería, papeletas y observadores internacionales