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Libertad expresión

La Audiencia Nacional absuelve a un joven acusado de enaltecer a los GRAPO en Twitter y la Fiscalía no recurre

Los jueces entienden que mensajes como “Es comunista, no terrorista, libertad Arenas” no constituyen un enaltecimiento de los GRAPO: recuerdan que la libertad de expresión protege mensajes “que puedan ser molestos, incluso hirientes, siempre que no promuevan, favorezcan, faciliten o instiguen y justifiquen el uso de la violencia como medio o instrumento político”

El joven durante el juicio el pasado mes de marzo / Alberto Pozas

El joven durante el juicio el pasado mes de marzo

Madrid

La Audiencia Nacional ha decidido absolver a un tuitero para quien la Fiscalía llegó a pedir dos años y medio de cárcel por enaltecimiento del terrorismo en las redes sociales. El joven vigués fue llevado a juicio por cuatro tweets como, por ejemplo, "Es comunista, no terrorista, libertad Arenas" y la sección primera de lo penal entiende que sus mensajes en la red social de microblogging no cometió ningún delito.

La Fiscalía, por primera vez, ha decidido no recurrir una absolución de un usuario de Twitter después de haber pedido para él pena de cárcel en un juicio en la Audiencia Nacional. Fuentes del Ministerio Público afirman que, en este caso, los tweets en los que basó su acusación no formaron parte finalmente del relato de hechos probados de la sentencia y que por tanto un recurso ante el Tribunal Supremo tenía pocos visos de prosperar.

El joven se sentó en el banquillo a finales de marzo por cuatro tweets en una cuenta en la que acumulaba casi 30.000 seguidores: uno de ellos hacía referencia a Manuel Pérez Martínez, miembro de los GRAPO conocido como 'camarada Arenas', y otros dejaban mensajes como "Los derechos de los trabajadores no se obtienen en el Parlamento, se conquistan luchando en la calle", acompañados de fotos de disturbios en manifestaciones. 

Mensajes que para la Fiscalía debían llevarle a la cárcel por un delito de enaltecimiento del terrorismo y que para los jueces no son delictivos: deciden absolverle explicando que sus mensajes no van "más allá del ejercicio legítimo de la libertad de expresión". Una libertad de expresión que, recuerdan los jueces, protege "discursos que puedan ser molestos e incluso hirientes, siempre que no promuevan, favorezcan, faciliten o instiguen y justifiquen el uso de la violencia". 

En cuanto a los mensajes sobre el 'camarada Arenas', señalan los jueces que el joven expresaba "más su faceta exclusivamente política, relativa a la lucha de clases, que no a ensalzar o justificar la violencia". Sobre los siguientes, explican que las imágenes no se corresponden con actos de 'kale borroka' sino de "manifestaciones antiglobalización". Una violencia que "no es gratificante en una sociedad madura" pero que tampoco enaltece el terrorismo. 

Durante el juicio, el joven explicó que varios de sus mensajes eran citas del rapero Pablo Hasel y también que cuando dijo que la banda terrorista GRAPO fue "la única" que dio "una respuesta justa" a los fusilamientos franquistas, era una expresión enmarcada en varios tweets. 

Absolución unánime

La sección primera de lo penal ha decidido absolverle por unanimidad: la misma sección que, por ejemplo, absolvió a César Strawberry, al abogado Arkaitz Terrón o condenó a dos años de cárcel recientemente a un hombre que escribió mensajes como “No me callo, digo ‘viva los GRAPO”. Una sala cuya composición ha ido variando y presidida en este caso por el magistrado Fernando Grande-Marlaska que, por ejemplo, emitía un voto particular contrario contra la absolución de Terrón.

La Fiscalía no recurre

Según confirma la defensa del joven a la Cadena SER, ejercida por la abogada Esther Lora, la Audiencia Nacional ya les ha comunicado que la Fiscalía no ha recurrido ante el Tribunal Supremo esta absolución, por lo que están a la espera de que este organismo declare la firmeza de la sentencia y también devuelva el teléfono móvil intervenido al joven durante la tercera fase de la conocida como ‘operación Araña’.

Al final del juicio celebrado el pasado 27 de marzo en la Audiencia Nacional, la Fiscalía hizo firme su petición de dos años y medio de prisión, además de una multa de 2.520 euros además de otros nueve años de inhabilitación, y a pagar las costas del proceso. Una condena en esos términos hubiese supuesto el ingreso obligatorio en prisión del joven en caso de haber devenido en firme.

Se trata del primer caso de enaltecimiento del terrorismo en redes sociales en el que el acusado es absuelto y en el que la Fiscalía no recurre esta absolución tras haber pedido una condena de cárcel. En los últimos meses, por ejemplo, ha recurrido las absoluciones del abogado Arkaitz Terrón y también del cantante César Strawberry, así como la de otro absuelto el pasado mes de noviembre por mensajes similares. No recurrió, por ejemplo, la absolución del concejal de Ahora Madrid, Guillermo Zapata, en un proceso en el que solicitó finalmente el archivo de las actuaciones.

Cinco absoluciones, cuarenta y cuatro condenas

La absolución de este joven vigués se ha convertido en la sentencia número cuarenta y nueve dictada por la Audiencia Nacional en torno al enaltecimiento del terrorismo de ETA y GRAPO en redes sociales: supone la quinta absolución dictada frente a cuarenta y cuatro condenas firmadas por las distintas salas de este órgano judicial. Se suma a la lista de absueltos por la Audiencia que forman, entre otros, el concejal madrileño Guillermo Zapata y César Strawberry, éste último posteriormente condenado por el Tribunal Supremo.

 
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