Tribunales

Victoria taxista en el Supremo: los jueces avalan el límite al número de licencias VTC

El Tribunal Supremo avala el decreto de 2015 que estabeció el límite de una licencia de VTC por cada 30 licencias de taxi defendiendo que es "sin duda una medida idónea y proporcionada, sin que parezca fácil arbitrar una medida alternativa"

El Supremo da la razón al sector del taxi / Simon Dawson Reuters

Madrid

Victoria del sector del taxi en el Tribunal Supremo. El alto tribunal ha decidido avalar la normativa española que estabeció en 2015 que, por cada 30 taxis en activo, se podrá extender una licencia para vehículos de alquiler con conductor (VTC) al entender que es un límite ajustado a derecho, que no discrimina a estas empresas y que preserva el "servicio de interés general" que desarrolla el sector del taxi.

Los jueces también avalan la exigencia de que estas empresas, como Uber o Cabify, desarrollen el 80% de sus servicios en la región donde esté domiciliada su autorización. La sentencia sí da la razón a las empresas y rechaza que se pueda exigir un mínimo de 7 coches en una flota para que pueda prestar sus servicios. El Supremo empezó a estudiar el caso el pasado mes de abril, con la norma en vigor desde 2015. Fue la Comision Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la que recurrió el decreto, al entender que varios de sus artículos suponían restricciones a la competencia en el sector del transporte.

En sus argumentos, los jueces de lo contencioso-administrativo destacan que los taxis y los VTC "compiten directamente en el mismo mercado y prestan un servicio semejante" por lo que el objetivo debe ser "mantener un equilibrio entre las dos modalidades de transporte urbano". Limitar de alguna forma el número de licencias a través de una proporción "es sin duda una medida idónea y proporcionada, sin que parezca fácil arbitrar una medida alternativa que pudiera ser menos restrictiva". 

Manifestación de taxistas en Madrid / Víctor Lerena

Los magistrados rechazan pronunciarse abiertamente a favor de la proporción de 1/30 establecida por la norma recurrida pero sí explican que es la única que hay encima de la mesa: "Si la administración no ha ofrecido justificación razonada de la concreta proporción, tampoco los recurrentes plantean una posible alternativa a la misma, al margen de su oposición frontal", dicen los jueces, añadiendo que en todo caso se trataría de "una congelación en el número de licencias VTC ya otorgadas".

La sentencia del alto tribunal llega también después de que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sentenciase que estas empresas debían ser consideradas como de transporte y no como simples aplicaciones de teléfono móvil: el pasado mes de enero el Tribunal Supremo se hizo eco de esta doctrina y ordenó que las sanciones a los conductores sin licencia debían tramitarse en base a la normativa de transportes.

 
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