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Cláusula suelo

El Supremo no revisará las sentencias de cláusulas suelo dictadas antes de este año

El alto tribunal rechaza el primer recurso de revisión que ha llegado a sus manos tras la sentencia de la Justicia europea: explica que un cambio de jurisprudencia como éste no implica que las sentencias firmes puedan revisarse

Las sentencias firmes sobre cláusulas suelo anteriores al 21 de diciembre de 2016 no serán revisadas

Madrid

Si la Justicia española sentenció en firme sus cláusulas suelo abusivas antes de que la Justicia europea emitiese su doctrina definitiva, su caso ya no será revisado. El Tribunal Supremo ha decidido inadmitir el primer recurso de revisión que ha llegado a sus manos tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), alegando que una jurisprudencia nueva no avala la revisión de sentencias firmes.

El alto tribunal marca el camino al resto de recursos que pudiesen solicitar algo similar resolviendo el caso de un matrimonio de Torremolinos: ellos llevaron sus cláusulas suelo ante la Justicia, y un juzgado de la localidad obligó al Banco Popular a devolver todo el dinero cobrado de más por estas cláusulas desde mayo de 2013 (primera sentencia del Supremo sobre este asunto) hasta ese momento (octubre de 2016). Su contrato hipotecario con cláusulas suelo - que pone límite a la bajada de los intereses de la hipoteca que dependen del Euríbor -  llevaba en activo desde 2005.

Ahora, con la sentencia del TJUE en la mano que obliga a los bancos a devolver todo el dinero de forma retroactiva, el matrimonio solicitaba que el banco también les devolviese el dinero perdido entre 2005 y 2013, algo que niega el Tribunal Supremo: los casos ya sentenciados en firme no se revisarán.

(ARCHIVO) EUROPA DICTA LA RETROACTIVIDAD
(ARCHIVO) EUROPA DICTA LA RETROACTIVIDAD

<p>En diciembre de 2016 el TJUE dio la razón a los afecatdos por cláusulas suelo abusivas</p>

En un auto, el juez Rafael Sarazá explica que la normativa española no permite que un cambio de jurisprudencia, como el impuesto por Europa en asuntos de cláusulas suelo, "permita revisar sentencias firmes anteriores que no se ajusten a la nueva jurisprudencia". No es la primera vez en que el Supremo se niega a revisar sentencias firmes por la existencia de una nueva doctrina europea, pero sí el primer caso de cláusulas suelo que resuelven.

  • LOS REQUISITOS PARA REVISAR UNA SENTENCIA FIRME
 
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