Tribunales
Libertad de expresión

Primera absolución del Supremo en un caso de enaltecimiento etarra en Facebook

El alto tribunal revoca la condena de un año de prisión que la Audiencia Nacional impuso a un usuario de Facebook por mensajes deseando que "ojalá vuelvan" ETA y el GRAPO: es el primer caso en el que el Supremo revoca una condena

EFE

Madrid

Por primera vez, el Tribunal Supremo ha decidido revocar una condena y absolver a un joven acusado de enaltecer el terrorismo de ETA y GRAPO en su perfil de Facebook. Los jueces anulan el año de cárcel que le impuso la Audiencia Nacional el pasado mes de noviembre por un delito de enaltecimiento del terrorismo y señalan que no basta con "vociferar" mensajes como "Ojalá vuelvan los GRAPO y os pongan de rodillas". 

El ahora absuelto es un vecino de la localidad toledana de Talavera de la Reina que, cuando tenía veintidós años, escribió seis mensajes a favor de ambas bandas terroristas: mensajes como "Llámame terrorista si grito VIVA LOS GRAPO" o también varias imágenes con el anagrama de ETA en su muro de Facebook

La Audiencia Nacional le impuso un año de prisión, afirmando que con sus mensajes alimentaba el "discurso del odio", y ahora es la sala de lo penal del Supremo la que da la vuelta a la tortilla: descartada una hipotética humillación a las víctimas, no existe tampoco un delito de enaltecimiento del terrorismo. 

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<p>Análisis en Hoy por Hoy de las sentencias dictadas por Audiencia Nacional y Tribunal Supremo sobre enaltecimiento del terrorismo etarra y del GRAPO en redes sociales</p>

En su sentencia, los magistrados explican que hay que tener en cuenta la intención y el efecto de los mensajes: "Una cosa es proclamar, incluso vociferar, lo que el sujeto «siente» y otra cosa que tal expresión se haga para procurar que mueva a otros a cometer delitos de terrorismo", dice la resolución. Además, se adhiere al voto particular contrario de un magistrado de la Audiencia Nacional para destacar "la inexistencia de un contexto de violencia terrorista" de los GRAPO o que ninguna de sus publicaciones tuvo ninguna repercusión: "No consta si dichos mensajes han sido leídos por otras personas, ni siquiera que tenga seguidores".

Primera absolución

Esta absolución supone la primera vez en que el Tribunal Supremo revoca la condena de un usuario de redes sociales por enaltecimiento del terrorismo etarra o del GRAPO, ya sea en Twitter o Facebook. La mayoría de condenas dictadas en la Audiencia Nacional llegan después de una conformidad con la Fiscalía para evitar la prisión, por lo que pocas son recurridas. 

El abogado Arkaitz Terrón durante el juicio en la Audiencia Nacional / Pilar Velasco

Hace dos semanas, por ejemplo, el alto tribunal decidió rebajar la condena de un hombre por hechos similares, pero teniendo en cuenta el trastorno psíquico que padece. Antes decidió revocar la absolución del cantante de Def con Dos, César Strawberry, y tiene entre otros pendiente de resolución el caso del abogado de Arkaitz Terrón o el de un hombre también absuelto. En estos dos últimos casos, la Fiscalía pide que sean condenados. 

 
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