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El Supremo sienta en el banquillo al poeta que se mofó en Twitter del pequeño Julen

La sala de lo penal revoca la decisión de la Audiencia de Madrid que libró del banquillo a Camilo de Ory

El pozo de Totalán donde cayó Julen / Agencias

El pozo de Totalán donde cayó Julen

Madrid

“Cómo has podido caer tan bajo, Julen” o “soluciones habitacionales Julen” son dos de los mensajes que escribió en Twitter el poeta Camilo de Ory mientras España entera estaba pendiente del pequeño que se cayó a un pozo de prospección en Totalán.

De Ory comenzó su serie de tuits sobre el pequeño Julen el 20 de enero de 2019, el mismo día que empezó el rescate en el que participaron más de 300 efectivos convirtiéndose en la operación de rescate más importante de la historia de España, y concluyó el día 26 cuando los agentes de la guardia civil sacaron el cuerpo sin vida del pequeño después de 13 días atrapado. Ese día, el acusado escribió “hoy se guardará un minuto de silencio por Julen en todos los campos de golf”.

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Un juzgado de Madrid le sentó en el banquillo por un presunto delito contra la integridad moral. La Fiscalía pedía 18 meses de cárcel con la prohibición para usar redes sociales durante todo el tiempo de la condena. La familia elevaba la petición a los 20 meses de prisión al entender que se había producido un delito contra la dignidad de las personas.  Sin embargo, la Audiencia de Madrid estimó el recurso del acusado y archivo la causa. La sala dijo que eran mensajes de mal gusto y sin valor literario ni humorístico. Mensajes “sumamente reprobables”, “actos humillantes y vejatorios”, pero que, para ser considerado trato degradante era preciso “algo más”. No vio delito y ahora el Supremo corrige esta decisión y entiende como el Ministerio Público que podemos estar ante un delito contra la integridad moral.

La sala de lo penal considera prematuro el archivo que acordó la Audiencia de Madrid y avala el auto de apertura de juicio oral del juzgado de instrucción. La decisión cuenta con el voto particular del magistrado Javier Hernández, que cree que los hechos no son constitutivos de delito y que esto debe sustanciarse por la vía civil.  Dice Hernández que “los tuits dicen muy poco del sentido de la humanidad y del respeto por el dolor ajeno de su emisor, pero su divulgación por la red social no es, a mi parecer, constitutiva de delito. Creo que el daño moral provocado puede resarcirse y repararse, en términos constitucionalmente proporcionales, mediante el ejercicio de acciones civiles”.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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