La Policía Local de Albacete ha puesto 5 multas por no llevar mascarilla en esta sexta ola
Desde este jueves no es obligatorio su uso en exteriores
El uso de la mascarilla deja de ser obligatorio en España desde este jueves / Cadena SER
Albacete
Este jueves ha dejado de ser obligatorio el uso de la mascarilla en espacios exteriores. La medida ha entrado en vigor a las 00 horas de este jueves, 10 de febrero, tras la publicación en el BOE del decreto del Ministerio de Sanidad.
En Albacete, la Policía Local ha puesto 5 multas por no llevar mascarilla en nuestra ciudad desde el pasado 23 de diciembre, cuando entró en vigor esta medida, y hasta este miércoles, 9 de febrero.
La cifra contrasta con las más de 1.900 denuncias que la Policía Local puso de julio a diciembre del 2020, cuando también era obligatorio su uso en nuestro país. O las 80 multas que puso solo el sábado 12 de septiembre del año pasado, durante la no Feria.
El uso de la mascarilla tampoco es obligatorio desde este jueves en el patio de los colegios. La Consejería de Educación ha enviado este miércoles una comunicación a los centros en la que indica que esto será así siempre que no se produzcan aglomeraciones y se garantice el mantenimiento de la distancia de seguridad. Este jueves, Educación ha matizado estas instrucciones a los centros. En una nueva circular puntualiza que la obligación de llevarla desaparece de forma general. Las restricciones sobre el mantenimiento de la distancia de seguridad, quedan referidas en la citada norma a los eventos multitudinarios, consideración que no tienen los recreos ni otras actividades al aire libre que se realicen en el centro con carácter general.
Recordamos que los menores de 6 años están exentos de llevar mascarilla. Pero para el resto sigue siendo obligatoria en algunas situaciones como:
- En eventos multitudinarios al aire libre, cuando los asistentes estén de pie. Si están sentados será obligatorio cuando no se pueda mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros entre personas, salvo grupos de convivientes.
- En cualquier espacio cerrado de uso público. O que se encuentre abierto al público, como por ejemplo, un restaurante, una sala de conciertos, comercios, etc.
- En Transporte público: en aviones, autobús o tren, incluyendo los andenes y estaciones de viajeros, o en teleférico, así como en los transportes públicos y privados complementarios de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, incluido el conductor, si los ocupantes de los vehículos de turismo no conviven en el mismo domicilio. También en espacios cerrados de buques y embarcaciones cuando no se pueda mantener la distancia de seguridad de 1,5 metros, salvo grupos de convivientes.
- Y en el trabajo. La legislación estatal en vigor, que no ha sido modificada en este aspecto por el Gobierno en el último decreto, señala lo siguiente: "Cuando el mantenimiento de una distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros entre los trabajadores no sea posible, deberá proporcionarse a los trabajadores equipos de protección adecuados al nivel de riesgo". Sobre este asunto se han producido fricciones entre la administración y la patronal.
Kiko Aznar
Periodista. Redactor de Radio Albacete Cadena...Periodista. Redactor de Radio Albacete Cadena SER desde 2006, donde realizo el programa Hoy por Hoy Albacete. También he editado los informativos matinales y el H14 local y, alguna vez, SER Deportivos. Licenciado en Periodismo por la UCAM