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El Tribunal Supremo absuelve a los técnicos del ayuntamiento de Jerez en el caso Gürtel

El Supremo resalta que los hechos imputados "no constituyen delito"

Sede del Tribunal Supremo en Madrid / Vicente Mendez

Jerez de la Frontera

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia resolviendo el recurso interpuesto por una de las técnicas del Ayuntamiento de Jerez contra la sentencia de la Audiencia Nacional de noviembre de 2019 que absolvió a los cinco técnicos del consistorio por prescripción en la pieza separada de Jerez del caso Gürtel. En ella se juzgaban las contrataciones que el Ayuntamiento realizó en 2004 para la promoción de Jerez en Fitur, contrataciones que se realizaron con empresas de Francisco Correa. En esta pieza, también estuvo imputada la entonces alcaldesa y ahora diputada del PP María José García Pelayo.

Una de estas empleadas municipales, a pesar de haber resultado absuelta, presentó un recurso ante el Supremo pretendiendo la absolución no solo por prescripción, sino también por la no comisión de delito. Los otros cuatro técnicos también se adhirieron a dicho recurso.

El Tribunal Supremo ha resuelto declarando que "el motivo se estima de forma que la razón de la absolución no es la prescripción del delito, sino que los hechos imputados no son constitutivos de un delito de prevaricación". Por lo tanto, el fallo de la sentencia absuelve a los cinco técnicos del consistorio.

A través de un comunicado, una de las técnicas municipales afirma que "se cierra de este modo de forma definitiva y satisfactoria el calvario sufrido" por estos cinco técnicos municipales durante más de cinco años en la pieza separada de Jerez del caso Gürtel.

La alcaldesa de Jerez Mamen Sánchez ha valorado esta sentencia. Sánchez habla de “una victoria colectiva de todos los técnicos municipales que han luchado por la verdad”.

Mamen Sánchez, alcaldesa de Jerez sobre la sentencia del TS por la pieza del caso Gürtel en Jerez