Los jubilados con dos o más hijos podrían percibir un complemento a su pensión
Han de haberse retirado entre enero de 2016 y febrero de 2021 y no ser jubilación anticipada voluntaria

La mayoría de laspensiones corresponde a ayudas a la jubilación / Getty Images

Segovia
El pasado 15 de noviembre en el juzgado de lo social de Segovia, reconoció a uno de los afiliados del Sindicato de Oficios Varios de la Confederación General del Trabajo en Segovia el complemento para la pensión de jubilación que venía determinado en el texto refundido de la Ley General de la Seguridad en el artículo 60 y "decimos venía, pues ya en el mes de febrero de 2021 y mediante una reforma legislativa, se cambiaron los criterios para la obtención de este complemento, de tal forma, que en la actualidad para aquellas personas que se jubilen será mucho más complicado el acceso a dicho complemento por no decir imposible", afirman desde el sindicato.
El reconocimiento de citado complemento, que estaba comprendido entre el 5 y el 15 % de la pensión por jubilación, incapacidad permanente o viudedad, debido a la “aportación demográfica a la seguridad social”, es decir por haber tenido o adoptado hij@s 2 o más hijos y que se aplicaba de forma automática a las mujeres pero no a los hombres, en las mismas condiciones.
El pasado 12 de diciembre de 2019, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea[TJUE] dictó sentencia, en el asunto C-450/18, en respuesta a una cuestión prejudicial respecto al artículo 60.1 del anterior Real Decreto Legislativo indicado, determinando que este vulneraba la igualdad de trato reconocido por el artículo 157 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea [TFUE], y en la Directiva [76/207] y en la Directiva [2002/73], que modifica aquella refundida por la Directiva [2006/54] que impide toda discriminación por razón de sexo y, por tanto, constituye una discriminación contraria al artículo 4, apartado 1 de la Directiva 79/7 relativa a la aplicación progresiva del principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres en materia de seguridad social.
"El reconocimiento de este derecho en los juzgados, hace justicia a lo ya indicado por el TJUE y que no es conocido por muchas personas pensionistas, lo que hace que el Instituto Nacional de la Seguridad Social, esté incumpliendo con sus deberes, al no abonar el complemento de aportación demográfica, tal y como lo ha reconocido TJUE. Pero esta “victoria” no ha sido completa, pues solo reconoce dicho complemento 3 meses antes de la presentación de la reclamación administrativa previa y no desde el hecho causante, tal y como ya ha sido reconocido en territorios como Navarra y es por ello, que se recurrirá tal decisión ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, para que tod@s nos podamos aprovechar", explican desde CGT.
"Desde el SOV de CGT en Segovia, animamos a tod@s los que tienen reconocida una pensión de jubilación, viudedad o incapacidad permanente entre enero de 2016 y febrero del 2021, reclamen este derecho si cumplen con los requisitos establecidos por la normativa vigente", concluyen.
Este complemento se puede solicitar a través de un escrito al INSS, y desde el sindicato invitan a todo aquel que quiera más información o ayuda para tramitarlo que se acerque a su sede situada en la plaza de Tarragona, 5, junto al mercado de la Albuera




