Condenado por intrusismo un falso médico: diagnosticaba enfermedades y proponía tratamientos sin título oficial
El vecino de Navarra de 83 años deberá pagar 1.080 euros de multa por un delito que llevaba cometiendo desde 2004

Fachada del Palacio de Justicia de Pamplona / Eduardo Sanz - Europa Press - Archivo (EUROPA PRESS)

Pamplona
El Juzgado de lo Penal número 4 de Pamplona ha condenado por delito de intrusismo profesional a un hombre de 83 años residente en Navarra que desde el año 2004 se dedicaba "a diagnosticar enfermedades y dolencias, y proponer tratamientos, sin el título oficial que le habilita para el ejercicio de la profesión de la Medicina".
Lo señala la sentencia hecha pública por el Colegio de Médicos de Navarra, que ha ejercido como acusación particular en este caso, cuyo juicio se celebró el pasado 14 de febrero, con una sentencia de conformidad que condena al acusado a una pena de 1.080 euros de multa.
La sentencia prueba que el acusado carece de cualquier título oficial que le habilite para el ejercicio de la profesión de la Medicina, pese a lo cual "se venía dedicando, al menos desde 2004, a diagnosticar a distintas personas, enfermedades o dolencias que padecían y a proponerles tratamiento", dice el juez.
Para el diagnóstico de la enfermedad el acusado se valía de la técnica de la exploración del iris (iridología), "no aceptada ni avalada por la comunidad científica".
Al examinar a los pacientes, el acusado plasmaba sus impresiones y diagnóstico en un papel mediante un dibujo en los que hacía referencia a conceptos médicos y anatómicos, conformando un historial médico que define la ley como "el conjunto de documentos que contienen los datos, valoraciones e informaciones de cualquier índole sobre la situación y la evolución clínica de un paciente a lo largo del proceso asistencial".
Las mismas fuentes señalan que los hechos juzgados se remontan a abril de 2018, cuando una médico puso en conocimiento de sus superiores las acciones desarrolladas por el acusado, lo que originó una denuncia a la que siguió una inspección en donde se incautaron y precintaron diversos botes de crema.
Analizados por la Agencia Española del Medicamento y Productos Sanitarios, los recipientes contenían “un corticoide tópico con actividad antiinflamatoria, animicótica, antiprofilerativa e inmunosupresora, que tiene la consideración de medicamento, careciendo de cualquier indicación, ni autorización administrativa, siendo peligroso para la salud, su aplicación sin control médico", describe la sentencia.




