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Otro 23-F... hablando de Derecho Penal Militar

La firma de Nicolás García Rivas, catedrático en Derecho Penal

Nicolas Garcia Rivas

Nicolas Garcia Rivas

Firma de opinión | Otro 23-F... hablando de Derecho Penal Militar

03:10

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Hoy me encuentro en el Seminario organizado por la Facultad de Ciencias Sociales de Cuenca para discutir sobre los problemas del Derecho penal y disciplinario militar, al que han acudido 70 profesionales de toda España. Y es 23F...41 años después de aquel intento de golpe de Estado que nos hizo estremecer.

La historia española está preñada de intervenciones militares, alguna de las cuales ha durado 40 años, una larga noche negra para las libertades de una inmensa mayoría y un tiempo en el que los dirigentes actuaban sin ningún control, ni ético ni económico ni político. De eso hace mucho tiempo, pero cada vez que alguien niega autoridad a nuestra democracia para investigar lo que ocurrió entonces, devuelve actualidad a las torturas, a la cárcel y a los fusilamientos sin juicio.

Hoy estamos en Cuenca para hablar de las libertades, pero de las libertades de los militares. Sí, porque también ellos son víctimas de un modo de entender las Fuerzas Armadas como una isla a la que no deben aplicarse las normas y principios que la Constitución proclama para todos. Los militares no pueden asociarse, su libertad de expresión está plagada de cortapisas y su régimen disciplinario no tiene nada que ver con el del resto de los funcionarios. Ojo, que cuando hablamos de Fuerzas Armadas no sólo nos referimos a los clásicos “tierra, mar y aire” sino también a la Guardia Civil, ese instituto armado de naturaleza militar, como reza su ley reguladora. Es claro que se trata de un Cuerpo de la Seguridad del Estado, que persigue delitos, vigila carreteras, etc., pero lo hace, desde su fundación en 1844, bajo todas las características que identifican a las Fuerzas Armadas. Como cuerpo de orden público le ha tocado enfrenarse al desorden social y político para reprimir con dureza las reivindicaciones de los trabajadores. La paradoja surge cuando ellos mismos no pueden sindicarse ni tienen derecho de huelga como sus colegas policías. Son más de 20000 los que sin embargo se han asociado en el llamado “sindicato unificado de la guardia civil”, que sale a la calle, se manifiesta, sin que se haya resquebrajado su disciplina como cuerpo policial.

Ya va siendo hora de que reformemos el régimen de nuestras Fuerzas Armadas en cuanto a sus propias libertades, de que las adaptemos de verdad al régimen constitucional, lo que incluiría seguramente la desaparición de la Sala 5ª del Tribunal Supremo, que se dedica en exclusiva a juzgar a militares y a mantener su disciplina. Sus asuntos deberían juzgarse en la Sala de lo Penal y en la de lo Contencioso, como los de cualquier otro servidor público. Entre otras cosas porque la cantidad de asuntos que resuelve ese orden jurisdiccional es sencillamente ridículo en comparación con otros. Según la estadística oficial del Consejo General del Poder Judicial, en 2020 se dictaron en el orden penal 425000 sentencias y en el orden militar 94, o sea un 0,2%...¿por qué cuesta tanto integrar lo militar en el cauce general de resolución de los asuntos judiciales? Reminiscencias de un pasado muy oscuro y manifiestamente superable.

 
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