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El Ayuntamiento de Candeleda estudia acciones tras conocer la sentencia contra el jefe de Policía Local

El régimen disciplinario aplicable incluye sanciones como el traslado forzoso o la separación del servicio

Dependencias de la Policía Local en Candeleda / Ayuntamiento de Candeleda

Ávila

El Ayuntamiento de Candeleda ha emitido un comunicado en el que afirman que están "evaluando las posibles acciones a emprender a tenor de los hechos declarados probados judicialmente y siempre bajo los principios de proporcionalidad y de legalidad". Esa respuesta se ha producido veinticuatro horas después de que la Cadena SER hiciera pública la sentencia que condena al jefe de la Policía Local de ese municipio a ocho meses y medio de cárcel por los delitos de acoso laboral y acoso sexual cometidos contra dos mujeres que estaban bajo su mando.

Según el Ayuntamiento de Candeleda hasta el 22 de febrero no se les ha notificado que la sentencia era firme al no haberse presentado recurso de casación. En la misma se declara responsable civil subsidiario a esa institución en caso de que el condenado no haga frente a la indemnización que debe pagar a las dos víctimas.

"Desde el Ayuntamiento acatamos la sentencia, reprobamos los hechos sucedidos y lamentamos profundamente que los mismos se hayan resuelto en tan prolongado espacio de tiempo sin que, en su momento, se interviniese para erradicarlos drásticamente", aseguran en el comunicado. Y es que los hechos que se consideran probados en la sentencia ocurrieron entre los años 2008 y 2013.

También aseguran que cuando en 2015 tomó posesión el actual equipo de gobierno, al conocer que había abierto un proceso judicial contra el jefe de la Policía Local, y teniendo en cuenta el principio de presunción de inocencia, "se adoptaron las medidas que se consideraron oportunas con la finalidad de asegurar un trato correcto y adecuado a la aún entonces considerada presunta víctima que continuó trabajando en este Ayuntamiento en otra ubicación y reservado la adopción de otras medidas hasta conocer la resolución judicial firme, cosa que se ha producido hace unas horas".

Régimen disciplinario

A los policías locales se les aplica el mismo régimen disciplinario que el establecido para el Cuerpo Nacional de Policía que considera como falta muy grave el "haber sido condenado en virtud de sentencia firme por un delito doloso relacionado con el servicio o que cause grave daño a la Administración o a las personas. También es falta muy grave "el acoso sexual y el acoso laboral, consistente este último en la realización reiterada, en el marco de una relación de servicio, de actos de acoso psicológico u hostilidad".

Las sanciones que se pueden aplicar por la comisión de faltas muy graves son:

  • La separación del servicio
  • La suspensión de funciones desde tres meses y un día hasta un máximo de seis años
  • El traslado forzoso

El alcalde es quien tiene la competencia para acordar la incoación de expediente disciplinario y, en su caso, sancionar a los miembros de los Cuerpos de Policía Local.

María Ángeles Hernández

Licenciada en Periodismo por la Universidad Complutense...