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El Supremo avala que Twitter suspenda la cuenta de Vox por incitar al odio

Los magistrados reprochan al partido de Santiago Abascal que aceptó las reglas de esta red social cuando se creó la cuenta

El líder de Vox, Santiago Abascal, durante una sesión plenaria en el Congreso. / Emilio Naranjo (EFE)

Madrid

La sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado el acuerdo de la Junta Electoral Central en la campaña de las elecciones catalanas de 2021 que consideró razonable y proporcional la decisión de Twitter de limitar la cuenta del partido político Vox tras la publicación de un tuit por incitar al odio. La alerta partió de varias ONG cuando leyeron en la cuenta del partido ultra  que los musulmanes, que representan al 0,2% de la población, son responsables del 93% de las denuncias. Dice el Supremo  que la relación de Twitter y Vox está sujeta a derecho privado regida por unas cláusulas “que Vox ahora reputa abusivas y unilaterales pero que aceptó al abrir su cuenta”. Además, recuerda que Vox reaccionó el día en que expiraban los efectos de la limitación impuesta por la red social, por lo que entiende que poco daño pudo causarle en su campaña electoral si no inició acciones a tiempo instando de la JEC al menos una medida cautelar.

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El Supremo desestima la demanda del partido y de su entonces candidato a la presidencia de la Generalitat, Ignacio Garriga, en esta sentencia en la que lanza un mensaje a la escasa regulación subrayando “insatisfactorio que, tanto en lo procedimental como en lo material, es el escaso tratamiento legal de ese poder censor que se reservan contractualmente las redes sociales, erigidas hoy día en medios de difusión masiva de todo tipo de contenidos, también políticos, con un poder e influencia manifiestos en tiempos electorales. E insatisfactoria es, también por su escasez, la regulación de la potestad de control atribuida a la Administración electoral”.

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado...