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El Supremo anula una condena por quebrantar el confinamiento durante el estado de alarma

El Alto Tribunal aplica la sentencia del Tribunal Constitucional que estimó parcialmente el recurso de Vox, aunque los recursos de las partes se presentaron con anterioridad a la decisión del Tribunal de Garantías

Sede del Tribunal Supremo en Madrid / Vicente Mendez

Madrid

El Tribunal Supremo ha absuelto del delito de desobediencia a un joven de Gandía que rompió la orden de confinamiento durante la primera ola de la pandemia de COVID-19. Los hechos ocurrieron el 1 de abril, en Gandía, cuando unos policías sorprendieron al acusado fumando en la calle y le conminaron a que volviera a casa. Dos horas después se lo volvieron a encontrar en el mismo sitio y volvieron a reprenderle. Él se defendió explicando que tenía derecho a fumarse un cigarro y en ese momento los agentes le denunciaron. El juzgado y la Audiencia de Valencia le condenaron al pago de una multa por un delito de desobediencia, que ahora ha revocado el Tribunal Supremo.

Dice la sentencia que "resulta ineludible traer a colación la sentencia del Tribunal Constitucional" que anuló una parte del decreto del estado de alarma aprobado por el Gobierno "aunque no se aluda a ella en los recursos por ser de fecha anterior". Y con esa sentencia en la mano, dicen los magistrados, "la orden recibida, en tanto no tenía otro soporte normativo distinto de las prevenciones contenidas en el artículo 7.1 del Real Decreto 463/2020 que fue declarado expresamente inconstitucional, resultaba manifiestamente opuesta al ordenamiento jurídico, en tanto vulneraba los referidos derechos fundamentales". Es más, concluyen, "el acusado estaba en el legítimo ejercicio de estos derechos fundamentales cuando los agentes, en cumplimiento de lo establecido en el mencionado Real Decreto, le ordenaron, de modo antijurídico, que cesara en el disfrute de aquéllos".

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado...