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Supremo confirma la condena al exmilitante de Vox en Lleida que abusó de discapacitados

Considera probado que pagaba a les víctimas a cambio de actos sexuales

Pla obert de l'acusat d'abusar de discapacitats durant el judici a l'Audiència de Lleida. Imatge del 25 de novembre de 2020. / ACN

Pla obert de l'acusat d'abusar de discapacitats durant el judici a l'Audiència de Lleida. Imatge del 25 de novembre de 2020.

Barcelona, 30 mar. (EFE).- El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a 14 años y tres meses de cárcel al exmilitante de Vox en Lleida José Antonio Ortiz Cambray por abusar sexualmente de dos personas con discapacidad entre 2018 y 2019, aprovechando su "inmadurez psíquica" y con el "señuelo" de darles dinero a cambio.

En su resolución, la sala de lo penal del alto tribunal catalán rechaza el recurso interpuesto por el acusado y confirma la condena a 14 años y tres meses de cárcel que le impuso en diciembre de 2020 la Audiencia de Lleida, también avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

En concreto, el exmilitante de Vox en Lleida ha sido condenado por un delito continuado de abusos sexuales a persona discapacitada, dos delitos continuados de corrupción de persona discapacitada y otro de pornografía con utilización de persona discapacitada, por el que también deberá indemnizar con 15.000 euros a una de las víctimas y con 5.000 euros a la otra.

El acusado, según la sentencia, se aprovechó de la discapacidad que sufrían las dos víctimas, a las que conocía, ya que, para satisfacer sus deseos sexuales, les ofreció mantener contactos a cambio de dinero.

Una de las víctimas accedió en varias ocasiones a que el hombre le hiciera tocamientos y abusos, por los que cobró entre 5, 10 y 20 euros.

A la otra víctima, que sufría un retraso mental ligero, el acusado le ofreció mantener también encuentros sexuales, pero la mujer lo rechazó, aunque sí aceptó enviarle videos y fotos íntimas a cambio de dinero.

Según los hechos probados recogidos en la sentencia, el acusado también intentó abusar de una tercera persona con discapacidad, aunque esta rechazó todas sus pretensiones.

El Supremo resalta en su sentencia que el acusado se valió de la "desinhibición" vinculada a la discapacidad de las víctimas para aprovecharse de ellas.

Además, la sala también subraya "la diferencia de edad" y la forma en que el acusado "fue ganándose la voluntad de las víctimas, manipulándolas con el señuelo del ofrecimiento y entrega de pequeñas cantidades de dinero", aprovechando su "inmadurez psíquica", que les impedía "captar o discernir" la significación y connotaciones sociales de las "acciones de trato carnal" a cambio de dinero.

El exmilitante de Vox, que fue detenido por los Mossos d'Esquadra en marzo de 2019, ingresó en prisión provisional tras su arresto, si bien casi un año después, en febrero de 2020, quedó en libertad con una fianza de 6.000 euros, la prohibición de acercarse a las víctimas y comparecencias periódicas en el juzgado, situación que se mantuvo después de su condena en primera instancia por parte de la Audiencia de Lleida. EFE

jf/rq/fg

 

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