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El Supremo ordena expurgar información íntima de una causa que se siguió contra un agente de la guardia civil por abuso de autoridad

La sala de lo contencioso–administrativo revoca el archivo de la reclamación que acordó la Comisión Permanente del Poder Judicial porque la información obtenida no guardaba relación con el caso

Una imagen de archivo de un agente de la guardia civil / GUARDIA CIVIL

Madrid

El Tribunal Supremo ha revocado el archivo de la reclamación que un miembro de la Guardia Civil interpuso ante el CGPJ contra un juez de lo militar que hizo un informe completo del contenido de su teléfono móvil que le causó “graves perjuicios personales”. El agente estaba siendo investigado y fue finalmente condenado por un delito de abuso de superioridad. En el curso de aquella investigación entregó voluntariamente el móvil para que pudieran analizar los mensajes que se intercambió con una de las denunciantes. Sin embargo, el juzgado togado militar número 41 de A Coruña volcó todo el contenido del dispositivo y elaboró el informe. El resultado fue que el acusado sufrió “graves perjuicios personales y profesionales porque se incluyeron datos personales de su esfera íntima sin relación alguna con la causa y llegaron al conocimiento de personas con las que había tenido relación por su condición de sargento”.

La Comisión Permanente del Poder Judicial aceptó las explicaciones del magistrado instructor y archivó la reclamación. El juez señaló que la causa se declaró secreta y que solo las partes tuvieron acceso al documento. Sin embargo, el alto tribunal recuerda que las actuaciones judiciales “deberán recoger los datos personales que sean adecuados, pertinentes y necesarios” y que en este caso “es significativo que en ningún caso se haya discutido que era inadecuada, excesiva y no pertinente la incorporación de información personal que no guardaba relación con el delito por el que se le juzgó y se le condenó”.

Por eso, revoca el archivo de la reclamación y ordena al Consejo del Poder Judicial a que tome las medidas necesarias para que deje de figurar en los autos penales de esa causa “lo que no debe figurar en ellos” y expurgue la información personal incorporada al sumario.

Pedro Jiménez

Pedro Jiménez

Redactor Jefe en la Cadena SER. Antes he pasado por los equipos de Hora 14, Radio Madrid, Fin de Semana,...

 
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