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Gestores Administrativos, expertos en la creación de empresas y asesoría laboral

¿Por qué debe acudir a un Gestor Administrativo para crear una pyme? ¿Qué tipos de empresas se pueden crear? ¿Qué ventajas tiene la empresa individual y cuáles son los inconvenientes? ¿Qué pasos hay que dar? ¿Hay ayudas? Todas estas preguntas y más ha contestado Francisco Carlos Crespo López, delegado de Huelva del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla

Francisco Carlos Crespo, delegado de Huelva del Colegio De Gestors Administrativos de Sevilla

Sevilla

El delegado de Huelva del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla, Francisco Carlos Crespo, ha dado consejos para la creación de empresas en el programa “Hoy por Hoy” de Radio Sevilla, destacando la importancia de “confiar en un gestor administrativo colegiado para realizar los trámites porque contamos con una formación cualificada y actualizada, ya que estamos en constante formación, además de tener convenios con las entidades públicas competentes para la inscripción en los diferentes registros administrativos”.

Crespo ha señalado que principalmente hay dos grandes tipos de empresas, “el empresario individual y la Sociedad de Capital, que pueden ser limitadas y anónimas, aunque hay otras modalidades como la Comunidad de Bienes, las Cooperativas o las Sociedades Limitas Laborales”.

Además, ha indicado que “el tipo individual es una forma empresarial idónea para el funcionamiento de empresas de tamaño muy reducido, porque es la que menos trámites exige en su constitución, no siendo obligatoria la inscripción en el Registro Mercantil, y puede resultar más económica, dado que no necesita crear personalidad jurídica del empresario, ni exige Capital mínimo inicial”.

No obstante, Crespo también ha comentado que hay que tener en cuenta los posibles inconvenientes, como “que recae sobre el empresario todo el riesgo que trae crear un negocio, como responder a las deudas de sus negocios con el patrimonio del negocio y con su propio patrimonio, extendiéndose la obligación al cónyuge si no se tiene separación de bienes. Además, si el volumen de beneficio es importante, puede estar sometido a tipos impositivos elevados, ya que la persona física tributa por tipos crecientes cuanto mayor es su volumen de renta”. Escuche aquí la entrevista completa:

Colegio de Gestores Administrativos de Sevilla: expertos en crear empresas

08:40

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Respecto a la reciente reforma laboral, el delegado en Huelva del Colegio Oficial de Gestores Administrativos de Sevilla, ha destacado que “ha venido a limitar la contratación temporal a supuestos muy concretos, está el contrato eventual por circunstancias de la producción para supuestos imprevistos o por aumento de la producción por una duración no superior a 6 meses en algunos casos o 90 días naturales en otros en plazo de un año, se mantienes el de sustitución y los formativos con algunas modificaciones y desaparece el Obra y servicio, principalmente el contrato a llevar a cabo será el indefinido y para casos de temporalidad con reiteración en los trabajos, el fijo discontinuo”.

 
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