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Joaquín Caraballo: "Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda, no pagas nada a Hacienda"

En Inmobiliaria Caraballo estudian cada caso, bien si se tiene más de 65 años a la hora de vender la vivienda habitual o si, en el plazo de dos años, cualquier propietario dedica el dinero de la venta a la compra de otra siempre que sea para vivir en ella

Joaquín Caraballo: "Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda, no pagas nada a Hacienda"

Joaquín Caraballo: "Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda, no pagas nada a Hacienda"

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Cuando una persona vende su vivienda tiene que pagar una serie de gastos por vender su vivienda. Uno de los gastos de mayor importe que hace que muchas se personas se piensen en vender es la ganancia patrimonial que se paga en el impuestos de la renta al año siguiente de ejercer la venta de tu vivienda. Así explica Joaquín Cabaraballo en Hoy por Hoy Sevilla el caso que propone este jueves: "Que exista una ganancia significa que si el importe de compra fue 100.000 € y después han vendido por 150.000, Hacienda contempla un aumento de tu patrimonio en 50.000 y sobre dicha ganancia hay que tributar".

Lógicamente, si hubiese sido una pérdida, sería el caso contrario, es decir, "compró el inmueble hace unos años por 150.000 € y hoy la vende por 100.000, ha sufrido una pérdida patrimonial, por lo que, cuando existen ganancias, se paga entre un tramo del 19% al 26%. En el caso del ejemplo que hemos puesto de una ganancia de 50.000 habría que pagar un total de 10.380 €. Cuando hay una pérdida patrimonial lógicamente no se paga nada en la renta".

Efectivamente, el impuesto es importante pero, nos cuenta Caraballo, hay dos excepciones por la cuales una persona puede legalmente no pagar ese impuesto en la declaración de la renta si tiene una ganancia patrimonial: "La primera excepción es que la persona tenga igual o más de 65 años en el momento de vender su vivienda, siempre que sea su vivienda habitual. Es decir, si el vendedor dispone de esa edad y esta vendiendo la vivienda donde reside no pagará ese impuesto por muy alta que sea la ganancia patrimonial".

La segunda excepción y más común, "es para aquellas personas que venden su vivienda habitual y desean comprar otra: si el dinero que obtienen de su venta lo reinsertan íntegramente en la compra de otra vivienda habitual, tampoco pagarán ese impuesto". Es importante saber que el plazo de reinversión que da Hacienda ese de 2 años.

La Inmobiliaria Caraballo nos puede ayudar en estos casos, porque, segura el CEO de la empresa, "cuando alguien quiere poner a la venta su vivienda, hacemos un estudio pormenorizado de todos los gastos e impuestos de su venta, incluido la ganancia patrimonial. "E incluso -continúa- a todos los clientes que han comprado o vendido con nosotros les ayudamos con su declaración de la renta para evitar errores con Hacienda que se pueden pagar muy caros".

"Esa transparencia y seguridad que tienen los vendedores antes de hacer nada, hace que mayoritariamente nos elijan frente a nuestros competidores". Por eso, concluye Caraballo, "si en Sevilla, tienes una casa para vender y quiere que te hagamos un estudio de precio y un estado de gastos e impuestos, concierta una cita con nosotros sin compromiso llamando al 955 048 522".

 
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