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Los abogados de familia recomiendan fijar los términos de la separación antes del matrimonio

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Málaga

El 70% de las parejas de Málaga, y por extensión de Andalucía, se casan en régimen de gananciales, según los cálculos de la secretaria de Organización de la Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA), la letrada malagueña Inmaculada Marín Carmona.

El matrimonio en gananciales implica que cada uno de los cónyuges es propietario a partes iguales de los bienes obtenidos a partir del momento en el que contraen matrimonio. De este patrimonio en común queda excluido el privativo de cada uno de los miembros, que está compuesto fundamentalmente por los bienes que ya le pertenecían a cada uno antes de la unión y los que se perciban después por herencia o donación. Las parejas casadas en régimen de separación de bienes en Málaga representan el 30% aproximadamente.

Bajo esta fórmula, los patrimonios de cada uno de los cónyuges permanecen diferenciados durante el matrimonio. De este modo, cada cónyuge gestiona y administra sus bienes y derechos. El régimen de separación de bienes ha crecido en el conjunto del país y en Andalucía. Para ello, la pareja debe firmar unas capitulaciones antes o después del contraer matrimonio – este contrato se puede firmar hasta un año antes de la celebración del matrimonio o durante el mismo y en él se detalla la totalidad del patrimonio actual y futuro, en caso de que existiese, de ambas partes-.

Según las estadísticas del Consejo General del Notariado de España, en 2022 se firmaron en Andalucía 12.116 capitulaciones prenupciales y postnupciales con el objeto de acogerse al régimen de separación de bienes, lo que supone un crecimiento del 59% respecto al año 2011

Congreso en Málaga

La Asociación Española de Abogados de Familia (AEAFA) celebra los días 8 y 9 de junio en Málaga las primeras jornadas monográficas sobre el reparto de las ganancias y las deudas de las parejas divorciadas que en su momento se casaron en régimen de sociedad de gananciales, es decir, la mayoría de las personas que en Andalucía contraen matrimonio.

El régimen económico más habitual que rige los matrimonios de España es el de sociedad de gananciales, mediante el cual los cónyuges hacen común el patrimonio adquirido mientras dura el matrimonio. Ahora bien, ¿qué ocurre con todos los bienes y deudas cuando la pareja decide separarse? Para realizar el reparto se debe iniciar un procedimiento llamado de liquidación de sociedad de gananciales. Sobre este proceso debatirán cerca de 200 expertos que se darán cita de forma presencial y online en el Ilustre Colegio de la Abogacía de Málaga.

Si la pareja decide no liquidar los bienes inmediatamente tras el divorcio, la abogacía de Familia recomienda fijar con un abogado de Familia las reglas sobre el uso que se va a dar a esos bienes hasta que se lleve a cabo el reparto; quién va a pagar los gastos que se generen; o cómo se va a gestionar su administración. De ese modo, se evitarán muchos conflictos y malentendidos entre la pareja, sobre todo, derivados por el uso de la vivienda.

Listado a repartir

Cuando los miembros de la pareja no se ponen de acuerdo con el reparto, es necesario realizar un listado exhaustivo de todos los bienes que forman parte del haber conyugal, es decir, todo aquello que se ha adquirido durante el matrimonio: cuentas bancarias, viviendas, participaciones o acciones de sociedades… También hay que incluir las deudas que puedan existir y que deban ser afrontadas por ambos, con independencia de quien las haya adquirido, como por ejemplo los préstamos.

Uno de los principales focos de conflicto proviene de las cantidades privativas que se hayan aportado a la sociedad de gananciales formada al contraer matrimonio. Esta cuestión suele generar muchos problemas entre los cónyuges, y también mucha confusión. El cónyuge que haya aportado caudales propios para la satisfacción de las necesidades ordinarias de la familia tiene derecho de reintegro de acuerdo con su régimen patrimonial.

Si la disputa se mantiene, es habitual nombrar a un perito judicial, un profesional que deberá estar especializado en este tipo de procedimientos, y sobre todo ser muy riguroso en las valoraciones. Podrá ser nombrado por el Juzgado o por las partes de mutuo acuerdo, incluso puede haber varios. En una última fase se procede al reparto de los bienes. Una técnica que se utiliza mucho es la siguiente: uno hace los lotes, y el otro elige. De este modo, ninguno de ellos resulta perjudicado.

Ponentes de excepción

En este congreso, que será inaugurado por el alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, intervendrán las magistradas Soledad Jurado Rodríguez (Audiencia Provincial de Málaga) y Gloria Muñoz Rosell (Juzgado de Familia número 6), las profesoras de la Universidad de Oviedo y expertas en esta materia Carmen López-Rendo y Clara Gago y el magistrado de Córdoba Antonio Javier Pérez Martín.

 
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