Francisco Díaz Morillo, declarado inocente tras diez años de calvario judicial
Sobre el exdelegado provincial de Educación pesaban cargos por el nombramiento de Anaís Sara M.M. en un puesto para el que no reunía los requisitos necesarios

Francisco Díaz Morillo, en los micrófonos de Hoy por Hoy tras ser absuelto por la Audiencia de Sevilla
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Sevilla
La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha absuelto al exdelegado territorial de la Consejería de Educación Francisco Díaz Morillo (PSOE), al que fuera jefe de Recursos Humanos de dicho departamento Luis Manuel S.A. y a la hija del jefe de Inspección Educativa de la Junta Anaís Sara M.M., de los cargos que pesaban sobre ellos por el nombramiento de esta última en un puesto para el que no reunía los requisitos, condenando por un delito de prevaricación y otro de falsedad en documento oficial por tales hechos a la que fuera jefa del Servicio de Ordenación de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación en Sevilla Carmen L.P.
En concreto, durante el juicio celebrado este lunes en la Audiencia de Sevilla, Carmen L.P. ha reconocido que fue ella quien allá por 2014 promovió el citado nombramiento siendo consciente de que la hija del jefe de Inspección Educativa de la Junta no cumplía las condiciones para ser profesora de los cuerpos docentes no universitarios para su adscripción al Comisionado del Polígono Sur.
Según sus palabras, fue "el director de un centro" educativo quien le dio "el nombre" de Anaís Sara M.M., asegurando que ella se encargó de cumplimentar la documentación para "justificar" la designación y que el resto de acusados no tuvo ninguna "intervención" en los hechos.
Tras ello, Díaz Morillo ha expuesto en su comparecencia que él no se encargaba de tramitar este tipo de expedientes y que su firma estaba "escaneada y salía automáticamente" en la tramitación informática de los nombramientos, que fueron aproximadamente "5.400" en el mes en el que fue formalizada la designación, en septiembre de 2014.
Luis Manuel S.A., de su lado, ha explicado que su papel era tramitar por vía informática los expedientes que le trasladaban y que en este caso siguió el curso "ordinario como en el resto de casos", desconociendo si la agraciada con el nombramiento cumplía o no los requisitos porque tal extremo no era su labor.
La propia Anaís Sara M.M. ha dicho que tras ser convocada a la sede de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación, Carmen L.P. no le habría comentado nada en materia de requisitos, con lo que presumió que los cumplía al figurar en las listas provisionales de una convocatoria extraordinaria de bolsa de aspirante a interinidad.
Ante ello, y tras escuchar a varios testigos, como la directora del Centro de Educación Permanente de Adultos del Polígono Sur, quien ha asegurado que Anaís Sara M.M. acudía a su puesto de trabajo y cumplía sus funciones de "coordinación" educativa en la zona, desempeñando "una labor muy favorable"; la Fiscalía y el sindicato Ustea han retirado su acusación respecto a Díaz Morillo, Luis Manuel S.A. y Anaís Sara M.M.
Ante ello, el tribunal ha declarado directamente la absolución de Díaz Morillo, Luis Manuel S.A. y Anaís Sara M.M. y la condena de Carmen L.P. a las penas solicitadas por la Fiscalía por un único delito de prevaricación y otro de falsedad en documento oficial; accediendo además a suspender su condena de cárcel mientras no incurra en nuevo delito durante dos años, una sentencia que la presidenta de la sala ha declarado firme de manera verbal.
La familia de Díaz Morillo ha avisado de su lado de que la acusación en contra del mismo "nunca debería haber llegado" a juicio, alertando de una "persecución política" en la que no ha sido tenido en cuenta "el daño" humano provocado a lo largo de todos estos años. "No todo vale", recuerdan desde la familia del exdelegado territorial.




