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Archivada la segunda causa del "Caso Infraestructuras"

El juez no ha hallado pruebas suficientes como para concluir que hubiera trato de favor, facturas indebidas o contrataciones ilícitas

Sede de la Ciudad de la Justicia en Córdoba / Cadena SER

Sede de la Ciudad de la Justicia en Córdoba

Córdoba

El titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Córdoba, Arturo Vicente, ha decretado el sobreseimiento provisional y el archivo de la segunda causa del "Caso Infraestructuras" del Ayuntamiento de Córdoba.

En el auto se argumenta que "sin despreciar la existencia de irregularidades que, no sabemos si son debidas a la dinámica propia de la contratación administrativa, al escaso rigor en los procedimientos seguidos, no creemos que éstas sean suficientes para concluir que haya existido trato de favor, que se haya limitado la libre concurrencia en la contratación, que se hayan abonado facturas indebidas o consumado contrataciones directas ilícitas, más allá de la relevancia meramente administrativa que pueda atribuirse a las mismas".

El juez responde con este auto a la denuncia formalizada por el propio David Dorado en julio de 2021, que llegó a acusar a un funcionario, al jefe de la Unidad de Alumbrado del Ayuntamiento de Córdoba y a media docena de empresas de un posible complot para adaptar las características de los pliegos a las empresas.

El el auto de 19 páginas, el juez constata que desde las primeras declaraciones tomadas por el ministerio Fiscal, ha cobrado fuerza la idea de que "la denuncia formulada por David Dorado, más que responder a quejas reales de empresas molestas por haberse sentido apartadas de los procesos de licitación de las obras del alumbrado municipal, parecía estar inspirada en móviles espurios. El El titular del juzgado sostiene que esto ocurre porque esa denuncia se sustenta en "un informe pericial de escaso rigor confeccionado ad hoc para que sirviera de soporte a una serie de imputaciones que, no es que sean temerariamente falsas (aunque lo parecen) pero sí que no se presentan con la justificación necesaria para ser judicializadas; menos aún en el ámbito de la justicia penal".

El juez confirma que "no consta rastro de las quejas de empresas, y las diligencias posteriores no han alterado sustancialmente la primera impresión." Se determinada que no hubo acuerdo entre las empresas y el funcionario y que "no se ha alcanzado ningún indicio razonable de criminalidad sobre ninguna de las imputaciones".

Contra el auto caben recursos de reforma y apelación en un plazo máximo de 5 días.

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María Eugenia Vílchez

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Me mueven las causas justas. Me gusta contar historias y dar voz a personas que normalmente no la tienen...

 
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