La prueba de ADN ratifica que el sacerdote que fue archivero de la Mezquita-Catedral de Córdoba tuvo un hijo
El juez da la razón al demandante y se rectificará su inscripción en el Registro Civil
Córdoba
La prueba de ADN practicada entre un familiar directo de Manuel Nieto Cumplido y el hombre que demandaba ser reconocido como hijo del que fuera archivero de la Mezquita-Catedral de Córdoba es inequívoca. Ambas personas están emparentadas. Según ha conocido Radio Córdoba de fuentes judiciales, así se le ha notificado a la partes este martes por parte del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Posadas. Todo ello tras un juicio adelantado por La SER en el que se ha dado la razón a Salvador S.G., quien reclamaba ser reconocido como hijo del sacerdote.
El demandante nació en el mes de julio del año 1964, pero ha sido 60 años después cuando se ha verificado que su auténtico padre es Manuel Nieto Cumplido. Según su relato, los hechos se remontan a 1960, mientras el cura ejercía en la parroquia de Nuestra Señora del Rosario de Peñarroya-Pueblonuevo, cuando conoció a la madre de Salvador.
La mujer, casada y con otros hijos, habría iniciado una relación sentimental con Nieto Cumplido que se mantendría durante años. En 1963 quedó embarazada, pero el bebé se atribuyó directamente al que era su marido.
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Nieto Cumplido falleció en el año 2021, a la edad de 86 años; y su funeral fue oficiado por el Obispo de Córdoba, Demetrio Fernández. No es casual por el destacado papel que el clérigo ocupó dentro de la Iglesia en Córdoba, especialmente en su faceta como historiador.
Tras la muerte del sacedorte, Salvador S.G. inició acciones legales, solicitando a sus hermanos la realización de una prueba de ADN que confirmó que no había relación genética con el que se creía, era su padre. Y es que para este test, se analizó el cromosoma 'Y', que siempre aporta el varón. Quedaba probado que su progenitor no era el marido de su madre.
Ahora había que constatar la paternidad del ex archivero de la Mezquita-Catedral de Córdoba. Para ello, el demandante contactó con el único familiar directo con vida de Manuel Nieto Cumplido, que descartó alegar en contra.
Por ello, el juez titular del juzgado de Instrucción número 2 de Posadas ordenó la práctica de una nueva prueba genética entre el familiar directo y Salvador S.G., que ha arrojado un resultado positivo. De hecho, el análisis realizado en un laboratorio de Zaragoza concluye que "es 96.840 veces más probable que ambos sujetos estén emparentados a que no lo estén".
Con estos resultados, el magistrado ordena en su fallo la "pertinente rectificación en el Registro Civil para inscribir la nueva filiación paterna"; y concede al demandante un plazo de dos meses en caso de quisiera conservar los apellidos.
Manuel Nieto Cumplido indagó a fondo cada rincón de la Mezquita-Catedral y plasmó sus conclusiones en publicaciones como La Catedral de Córdoba (1998), Historia de la Iglesia en Córdoba: reconquista y restauración (1991), La Miniatura en la Catedral de Córdoba (1973) o el Inventario de la Sección de Obras Pías del Archivo de la Catedral de Córdoba (1981). Esa labor investigadora le aupó a la presidencia de la Comisión Diocesana para el Patrimonio Cultural o la dirección del Archivo General del Obispado, antes de ser nombrado como archivero de la Catedral en el año 1972.
El clérigo era licenciado en Filosofía y Letras por la Universidad de Granada, Doctor en Historia Eclesiástica por la Universidad Pontificia Gregoriana de Roma y Diplomado en Canto Gregoriano por la Escuela Superior de Música de Madrid. El natural de Palma del Río ejerció como sacerdote en Córdoba capital —en la parroquia de San Francisco y San Eulogio— y en Peñarroya-Pueblonuevo.
LA RUPTURA PÚBLICA DEL CELIBATO, UN DELITO TIPIFICADO EN EL DERECHO CANÓNICO
El derecho canónico establece que "los clérigos están obligados a observar una continencia perfecta y perpetua por el Reino de los cielos y, por tanto, quedan sujetos a guardar el celibato". Así lo ha recordado en declaraciones a La SER el profesor de Derecho Canónico en la Facultad de Teología de la Universidad Loyola, Juan José Toral, quien recuerda que "incumplirlo constituye una falta moral, por la que el sacerdote deberá responder únicamente ante Dios y su conciencia".
Sin embargo, detalla Toral, "cuando el incumplimiento con el celibato es reiterado, constante y público, se constituye como un delito tipificado". De hecho, según el Canon 1.395, ante esta situación los clérigos "deben ser castigados con suspensión, a la que, si persiste el delito después de la amonestación, se pueden añadir gradualmente otras penas, hasta la expulsión del estado clerical".
El especialista en derecho canónico refiere, además, que "en el pasado, cuando se ha conocido que un sacerdote era padre, la Iglesia ha solido priorizar el sacerdocio, quizá, con el traslado del clérigo". Sin embargo, apunta, "desde hace poco tiempo, se insta al sacerdote a cumplir con sus obligaciones como progenitor y a abandonar voluntariamente la labor clerical".
Álvaro Guerrero Jiménez
Redactor y editor en los servicios informativos de la Cadena SER en Córdoba. Previamente ha trabajado...