Sociedad

Condenado por amenazar de muerte al monitor de su hijo en un centro educativo del Sector Sur

Se le impone una multa superior a 600 euros y una orden de alejamiento

Sede de la Ciudad de la Justicia en Córdoba / Cadena SER

Córdoba

El juzgado de Instrucción número 4 de Córdoba ha condenado un hombre al pago de 640 euros de multa por la comisión de un delito leve de amenazas contra el monitor de actividades extraescolares de su hijo. Una sentencia que ya es firme tras haber sido rechazado el recurso de apelación presentado por la defensa del condenado.

Según la resolución judicial, a la que ha tenido acceso Radio Córdoba - Cadena SER, ha quedado probado que el denunciado accedió el pasado día 2 de abril al centro educativo en el que estudia su hijo, localizado en el barrio del Sector Sur de la capital, pese a tener prohibida la entrada a orden de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. Un impedimento —sustentado en incidentes anteriores— que el monitor escolar recordó al padre, al tiempo que se refugiaba en la secretaría del colegio. Sin embargo, el padre no solo no obedeció sino que comenzó a perseguir al profesional educativo mientras le exigía que saliese y le amenazaba de muerte.

Este relato ofrecido por la víctima fue ratificado por el conserje del centro, testigo de los hechos, que incluso el condenado reconoció parcialmente ante el juez. Todo ello sin que, dice la sentencia, existiese ningún tipo de provocación previa que justificase la actitud violenta del condenado. Una actitud que desplegó además con su hijo presente, lo cual ha inclinado la balanza de la Justicia todavía más en su contra.

En caso de no abonarse la multa, de ocho euros diarios durante ochenta días, el condenado tendrá que estar localizable permanentemente para las autoridades durante cuarenta días. La víctima de las amenazas, a quien ha representado el letrado José María Vallejo, del despacho Lanvèrt, consigue también que se imponga una orden de alejamiento de 150 metros, así como la prohibición de comunicarse por cualquier vía. Sin embargo, la sentencia sí contempla que el padre pueda llevar a su hijo al centro escolar, así como recogerlo.

Álvaro Guerrero Jiménez

Álvaro Guerrero Jiménez

Redactor y editor en los servicios informativos de la Cadena SER en Córdoba. Previamente ha trabajado...

 
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