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El alcalde prohíbe tirar cohetes y petardos en la ciudad de Málaga

Petardos / Guardia Civil

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El alcalde de Málaga, Francisco de la Torre, ha expresado en un bando dictado con motivo de la Navidad y Fin de Año sus "deseos de paz y prosperidad" en estas fiestas y ha recordado el cumplimiento de las distintas normativas, apelando a la "responsabilidad y especial sensibilidad con las molestias que pueden ocasionar el uso de estos artículos pirotécnicos y cartuchería a los animales y a las personas con hipersensibilidad auditiva, en especial, aquellas que padecen trastornos del espectro autista".

"Es necesario acatar lo dispuesto en el reglamento. Está prohibida la venta ambulante de artículos pirotécnicos y la venta en establecimientos, sin contar con la autorización previa de la Subdelegación de Gobierno y queda prohibido portar mechas encendidas o el uso del material pirotécnico que pueda producir ruidos o incendios en la vía pública. El material pirotécnico podrá ser utilizado en zonas no residenciales y aisladas del centro de la ciudad y de todos sus barrios, y en todo caso a más de 300 metros de cualquier edificación o arboleda, zona verde o área con vegetación".

Por otra parte, también se recuerda que está prohibida la permanencia y concentración de personas en la vía pública consumiendo bebidas o realizando actividades "que pongan en peligro la pacífica convivencia ciudadana", con excepción del consumo de bebidas en terrazas y veladores de establecimientos públicos que cuenten con la preceptiva licencia municipal, dentro del horario establecido. Además, ha recordado la prohibición del consumo de bebidas alcohólicas por los menores de edad.

En la vía pública y otras zonas de concurrencia pública, no se podrán realizar actividades como cantar, proferir gritos, hacer funcionar aparatos de radio, televisores, instrumentos o equipos musicales, mensajes publicitarios, altavoces independientes o dentro de vehículos, señala el bando, en el que se advierte de que la Policía Local podrá determinar la paralización de dicha actividad o la inmovilización del vehículo o precintado del aparato del que procediera el foco emisor.

Se incide en cuanto a la organización de actividades recreativas y eventos de carácter multitudinario (cotillones, conciertos y fiestas juveniles) en la prohibición de colocar publicidad en cualquier formato en farolas, semáforos y demás elementos del mobiliario así como en otros lugares de la vía pública no autorizados

Y se recuerda que los organizadores "son responsables de que los espacios públicos que se hayan podido ver afectados por dichas actividades, queden completamente limpios a su conclusión".

En este contexto, ha aconsejado a la ciudadanía que "se informe previamente de si las fiestas y cotillones de carácter ocasional o extraordinario a las que pretendan asistir, cuentan con la preceptiva autorización municipal previa", así como a los organizadores, que "ofrezcan toda la información y publicidad necesaria sobre la autorización previa y condiciones del evento".

 
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