El aplazamiento de las elecciones en Los Estudiantes ya tiene fecha: el 30 de junio
Recordamos que debieron celebrarse el pasado 19 de diciembre con las candidaturas de Ricardo Mena-Bernal y José Ignacio del Rey
Arriba, la candidatura de Ricardo Mena-Bernal; abajo, la encabezada por José Ignacio del Rey que concurrieron a las elecciones del pasado 19 de diciembre y se espera lo hagan ahora en las del 30 de junio / Cadena SER
Sevilla
El aplazamiento de las elecciones que debieron celebrarse en la Hermandad de Los Estudiantes el pasado 19 de diciembre, con la candidaturas de Ricardo Mena-Bernal y José Ignacio del Rey, ya tiene fecha: el próximo 30 de junio, según lo acordado este lunes por el cabildo de oficiales de la cofradía universitaria y hecho público mediante el siguiente comunicado...
Por haberse así acordado en Cabildo de Oficiales de fecha 21 de abril de 2025, de conformidad con lo dispuesto en la Regla 41º de nuestra Hermandad y por decreto de la delegación Episcopal de Asuntos Jurídicos para Hermandades y Cofradías, con numero de protocolo 840/25 de fecha 4 de marzo de 2025, donde se establecen las fechas de convocatoria, plazo de exposición del censo, plazo de presentación de candidaturas y plazo de celebración del Cabildo de Elecciones, e igualmente la dispensa de lo establecido en las Reglas de la Hermandad y en las Normas Diocesanas para HH y CC en lo concerniente a los plazos establecidos en las mismas que impidieran la verificación de las fechas señaladas por esa Delegación Episcopal, esta Corporación celebrará Cabildo General Ordinario de Elecciones el día 30 de junio 2025, lunes, desde las 18.00 a las 22.00 horas en nuestra Casa Hermandad.
El censo de votantes, para eventuales correcciones, será expuesto del 28 de abril al 26 de mayo de 2025 (salvo los días 1 de mayo, fiesta nacional, y los días 5, 6, 7, 8 y 9 de mayo al ser inhábiles en la Universidad de Sevilla), en las dependencias de la Hermandad, de lunes a viernes, en horario de 19.00 a 21.00 horas.
En cumplimiento de la LOPD, el mismo sólo podrá ser consultado de manera exclusivamente personal, o mediante autorización por escrito, aportándose copias de los Documentos Nacionales de Identidad, o documento equivalente, del autorizante y autorizado.
La Junta de Gobierno ha habilitado la cuenta de correo comisionelectoral@hermandaddelosestudiantes.es donde podrá recabarse información del censo y solicitar las rectificaciones del mismo, aportando copia del DNI del solicitante. Las rectificaciones planteadas serán analizadas y resueltas en Cabildo de Oficiales a celebrar el día 28 de mayo de 2025.
Asimismo, el plazo de presentación de candidaturas estará comprendido entre los días 28 de abril a 26 de mayo de 2025 de conformidad con lo establecido en el decreto 840/25 de 4 de marzo de 2025 de la delegación Episcopal de Asuntos Jurídicos para Hermandades y Cofradías.
Igualmente, por haberse acordado en Cabildo de Oficiales de fecha 21 de abril de 2025, esta Corporación celebrará Cabildo General Ordinario de Cuentas el día 23 de junio de 2025.
La documentación al efecto se encontrará a disposición de todos los hermanos para su instrucción, en las dependencias de la Hermandad, durante los diez días hábiles anteriores a la celebración del Cabildo (Regla 40a). A estos efectos y dado que la apertura de la Casa Hermandad debe ajustarse a los horarios del recinto universitario, se comunica que la documentación se expondrá en la Casa Hermandad los días 11, 12, 13, 16, 17, 18 y 20 de junio de 2025 en horario de 19.15 a 21.00 horas.
NORMA DE INTERÉS GENERAL PARA EL EJERCICIO DEL VOTO:
Regla 59ª.- Desarrollo de las votaciones. – La elección se hará por votación personal y secreta entre los hermanos incluidos en el censo electoral, votándose candidaturas completas, siendo nulo, a juicio de la Mesa Electoral, el voto emitido que contenga tachaduras o enmiendas, sustitución de nombres, o no utilice el modelo de papeleta aprobado en la reunión prevista en el antepenúltimo párrafo de la Regla 56ª. El Cabildo de Elecciones será de la modalidad abierto, pudiendo los votantes depositar su voto en cualquier momento del mismo, y tendrá la duración adecuada para que todos los electores puedan votar. Para ejercer
este derecho, será necesaria la previa identificación mediante documento auténtico que acredite la personalidad del votante, o bien que la misma sea reconocida por algún miembro de la Mesa—excluidos los interventores. La papeleta será introducida en la urna por alguno de los integrantes de la Mesa, con exclusión, igualmente, de los interventores.
Regla 60ª.- Voto por correo.- Aquellos hermanos que se encuentren enfermos, con acreditación mediante Certificado Médico Oficial, o tengan su residencia fuera de la ciudad de Sevilla y así conste en el censo electoral, podrán votar por carta, que habrá de estar recepcionada por la Hermandad el día anterior a la
fecha señalada para el comienzo del Cabildo, a cuyo fin, deberán remitir un sobre cerrado con el modelo de papeleta aprobado, que se introducirá en otro donde adjuntarán una fotocopia de su Documento Nacional de Identidad y una instancia dirigida al Secretario Electoral de la Hermandad, especificando sus datos personales, número de Documento Nacional de Identidad y rubricarán con su firma; los enfermos adjuntarán, igualmente, el Certificado Médico Oficial. El envío del voto por carta se hará mediante certificado de Correos con acuse de recibo, dirigido a la Hermandad y llevará exteriormente el remite. El voto emitido por carta que, por cualquier circunstancia, no reúna las anteriores condiciones, será nulo. Recepcionadas las cartas en la Hermandad, el secretario electoral nombrado levantará Acta de los votos recibidos por correo, numerados del uno en adelante, firmándolos y sellando el paquete, que quedará en la Secretaría de la Hermandad bajo su custodia. Las cartas que se reciban a partir de ese momento no serán computadas como votos válidamente emitidos. Finalizado el tiempo de votación personal, se introducirán en las urnas los votos por carta considerados válidos, y se anularán de éstos, por la Mesa, los de aquellos votantes que se hubieran personado.
Para general conocimiento, el calendario electoral quedara fijado de la siguiente forma:
21 de abril, lunes
- Cabildo de Oficiales donde se convoca Cabildo General de Elecciones.
- Designación del secretario electoral.
- Designación del fiscal electoral.
- Designación de la comisión electoral.
22 de abril, martes
- Comunicación a los hermanos, haciéndoles saber:
- Plazo de exposición del Censo.
- Plazo de presentación de Candidaturas.
- Procedimiento a seguir para efectuar el voto por correo, especificando quien tiene derecho a ello.
28 de abril, lunes
- Comienza el plazo de exposición del censo.
- Comienza el plazo de solicitud de voto por correo.
- Comienza el plazo de presentación de candidaturas.
- Salvo los días 1 de mayo, al ser fiesta nacional, y los días 5, 6, 7, 8 y 9 al ser inhábiles en la Universidad de Sevilla con motivo de la Feria de Sevilla.
26 de mayo, lunes a las 21.00 h
- Termina el plazo de exposición del censo.
- Termina el plazo de presentación de candidaturas.
28 de mayo, miércoles
- Cabildo de Oficiales donde se resuelve las reclamaciones presentadas al Censo y proclamación de las candidaturas.
- Convocatoria del Cabildo General Ordinario de Cuentas.
- Elaboración de las papeletas electorales.
30 de mayo, viernes
- Remisión del Censo electoral definitivo a la Autoridad Eclesiástica.
- Comunicación de las candidaturas aceptadas o rechazadas a la Autoridad Eclesiástica.
- Comunicación de las candidaturas aceptadas o rechazadas a los candidatos a Hermano Mayor.
2 de junio, lunes
- Envío a los hermanos con derecho a voto y así lo hayan solicitado, de las papeletas y sobres electorales.
3 de junio, martes
- Reunión de la Junta de Gobierno con los candidatos a Hermano Mayor.
- Remisión de la información de las candidaturas para los hermanos por parte de las candidaturas presentadas.
10 de junio, martes
- Cabildo de Oficiales de aprobación de cuentas y presupuestos.
11 de junio, miércoles
- Comienza el plazo de exposición de la documentación correspondiente al Cabildo General Ordinario de Cuentas.
- Salvo el día 19 de junio, festividad del Corpus.
20 de junio, viernes
- Termina el plazo de exposición de la documentación correspondiente al Cabildo General Ordinario de Cuentas.
23 de junio, lunes
- Cabildo General Ordinario de Cuentas.
27 de junio, viernes
- Fecha límite de recepción de voto por correo.
30 de junio, lunes
- Cabildo General Ordinario de Elecciones.
Falta de legalización en cuatro certificados
Recordamos que las elecciones en la Hermandad del Stmo. Cristo de la Buena Muerte y María Santísima de la Angustia (Los Estudiantes), previstas en principio para el pasado día 19 de diciembre, fueron finalmente aplazadas hasta después de la próxima Semana Santa, según informó en un extenso comunicado la cofradía universitaria del Martes Santo. Y es que las candidaturas concurrentes, encabezadas respectivamente por Ricardo Mena-Bernal Escobar y José Ignacio del Rey Tirado, no fueron finalmente aprobadas "por falta de legalización" en cuatro certificados.
En concreto, el comunicado remitido en sus medios oficiales por la junta de gobierno de Los Estudiantes, que desde entonces siguió encabezando como hermano mayor Jesús Resa hasta que se pueda culminar el proceso electoral, se expresa en los siguientes términos:
En cuanto al proceso electoral iniciado el 25 de julio pasado, dada la transcendencia del mismo y el cariz tomado por los acontecimientos, de cara a tener una puntual y objetiva información de lo sucedido, pasamos a realizar este comunicado para general conocimiento:
1.- El 25 de julio de 2024 se convoca Cabildo General de Elecciones, con fecha de celebración de 19 de diciembre de 2024.
2.-Con fecha 26 de julio de 2024, se comunica la apertura del proceso electoral y la constitución de la Comisión Electoral, como órgano independiente de la Junta de Gobierno, tanto a la Autoridad Eclesiástica como a los hermanos de la Corporación, con expresión del calendario electoral.
3.-Con fecha 30 de julio de 2024 se recepcionó escrito de la Delegación Episcopal de Asuntos jurídicos con expresas instrucciones y recomendaciones a seguir durante todo el proceso.
4.- Durante el plazo del 4 de septiembre de 2024 al 4 de octubre de 2024, se expuso el censo electoral para que los hermanos pudieran hacer las modificaciones oportunas.
5.- Con fecha 4 de octubre de 2024, una vez finalizado el plazo establecido para ello, la Comisión Electoral eleva a la Junta de Gobierno, las modificaciones introducidas en el censo.
6.- El día 7 de octubre de 2024, reunida la Junta de Gobierno, aprueba el censo definitivo, el cual se traslada a la Autoridad Eclesiástica para su ratificación.
7.- Desde el día 7 de octubre hasta el 28 de octubre, se abre el plazo de presentación de candidaturas.
8.- El día 15 de octubre, la Comisión Electoral, recibe la documentación de la candidatura de N.H.D. José Ignacio del Rey Tirado, la cual se deposita en sobre cerrado, levantándose acta, firmada por duplicado ejemplar, de la documentación aportada.
El día 23 de octubre la Comisión Electoral, recibe la documentación de la candidatura de N.H.D. Ricardo Mena-Bernal Escobar, la cual se deposita en sobre cerrado, levantándose acta, firmada por duplicado ejemplar, de la documentación aportada.
9.- El día 31 de octubre de 2024, concluido el plazo de presentación de candidaturas, a las 19 horas, se reúne la Comisión Electoral, presidida por nuestro Director Espiritual y siguiendo las instrucciones recibidas por la Delegación de Asuntos Jurídicos para HH y CC. Se procede a abrir, en primer término, el sobre de la candidatura de N.H.D. José Ignacio del Rey Tirado, comprobada la misma, se detectan dos incidencias, la falta de fecha de uno de los certificados de bautismo y la presentación de fotocopia (no original) de otro de los candidatos. Seguidamente, se abre el sobre de la candidatura de N.H.D. Ricardo Mena-Bernal Escobar, donde se comprueba que todos los documentos son originales y vienen fechados oportunamente.
10.- Detectadas ambas incidencias en la candidatura encabezada por N.H.D. José Ignacio del Rey Tirado, el Director Espiritual eleva consulta al Delegado Episcopal de Asuntos Jurídicos D. Miguel Vázquez Lombo, quien resuelve que ambos documentos, en modo alguno pueden ser aceptados, no siendo subsanables dichos defectos formales al no existir plazo establecido para ello, ni en las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías, ni en las Reglas y Reglamento de la Hermandad.
En consecuencia, la Comisión Electoral, eleva informe a la Junta de Gobierno, recogiendo ambas incidencias y la inexistencia de plazo de subsanación, en el sentido indicado por la Autoridad Eclesiástica.
11.- A las 20.30 horas del día 31 de octubre de 2024, se reúne el Cabildo de Oficiales, quien recepciona el acta de la comisión, y acuerda, de conformidad con la Disposición Transitoria Tercera de las Normas Diocesanas para HH y CC que determina que compete a la Autoridad Eclesiástica la interpretación auténtica de la norma, elevar por escrito nueva consulta a la Delegación de Asuntos Jurídicos para Hermandades y Cofradías, a fin de solventar la situación y evitar una situación no deseable para la Hermandad. No obstante, lo anterior, y a fin de velar por la imparcialidad en el proceso electoral, se solicita reunión con el Delegado Episcopal de Asuntos jurídicos, a fin de que determine el proceder ante dichas circunstancias y evitar una confrontación en el seno de la Herman- dad.
12.- El día 5 de noviembre de 2024, se reúnen en el Despacho del Delegado Episcopal de Asuntos Jurídicos para Hermandades del Arzobispado, el Delegado Episcopal, el Director Espiritual y el Hermano Mayor de nuestra Corporación, donde el Sr. Delegado Episcopal vuelve a insistir en la falta de validez de ambos documentos, los cuales deben venir oportunamente fechados y en documento original y en este sentido el Cabildo tiene la obligación de tomar la decisión.
13.- Con fecha 7 de noviembre, se recibe carta de la Delegación de Asuntos Jurídicos para HH y CC. donde se expone que la Junta de Gobierno tiene la obligación de velar por el cumplimiento de todas y cada una de las normas relativas al proceso electoral y muy especialmente, aquellas relativas a las condiciones para ser candidato reguladas en los artículos 42 y 32 de las Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías.
14.- A tenor de lo expuesto, la Junta de Gobierno se reúne el día 7 de noviembre e instada por la Autoridad Eclesiástica, y ante la ratificación en dos ocasiones por parte de ésta de falta de validez de ambos documentos, se ve en la obligación de resolver, no aprobando la candidatura presentada por N.H.D. José Ignacio del Rey Tirado y aprobar la de N.H.D. Ricardo Mena- Bernal Escobar y dar traslado tanto a los candidatos como al Delegado Episcopal del acuerdo adoptado.
15.- El día 18 de noviembre de 2024 nos solicita el Delegado Episcopal copia autentificada de todos los certificados aportados por ambas candidaturas. Certificados que son presentados autentificados por el secretario Electoral, en la mañana del día 19 de noviembre en el Registro de la Archidiócesis de Sevilla.
16.- El día 21 de noviembre de 2024, recepcionamos escrito en el que se nos insta a comprobar que los certificados emitidos en otras Diócesis cumplan con otro requisito adicional a los anteriormente citados, cual es que estén debidamente legalizados por la Diócesis de origen, comprobando la firma y sello, junto con la firma y sello de la parroquia, del correspondiente visto bueno de la Curia Diocesana. Todo ello de conformidad con una disposición de 10 de julio de 2024 de la Delegación de Asuntos Jurídicos Sacramentales, requisitos estos desconocidos hasta la fecha tanto por la Comisión Electoral como por la Junta de Gobierno.
17.- El día 21 de noviembre de 2024, previo al Cabildo de Oficiales, se reúne la Comisión Electoral, a fin de comprobar la legalización citada con anterioridad de los certificados emitidos en Diócesis distintas a la Archidiócesis de Sevilla, con el siguiente resultado:
- Candidatura de N.H.D. José Ignacio del Rey Tirado, se aprecia la falta de legalización en 4
- Candidatura de N.H.D. Ricardo Mena- Bernal Escobar, se aprecia la falta de legalización en 4
18.- Reunido el Cabildo de Oficiales y ante la necesidad de comprobación de este nuevo requisito exigido por la Delegación de Asuntos jurídicos para HH y CC, el mismo día 21, el Cabildo de Oficiales resuelve de forma unánime:
a. No aprobar la Candidatura de H.D. José Ignacio del Rey Tirado.
b. No aprobar la candidatura de H.D. Ricardo Mena-Bernal Escobar.
c. Desconvocar el Cabildo General de Elecciones al no existir ninguna candidatura que reúna las condiciones y requisitos legalmente exigidos.
d. Desconvocar el Cabildo General Ordinario de Cuentas y Presupuestos de fecha 12 de diciembre de 2024.
e. Elevar a la Autoridad Eclesiástica los acuerdos adoptados en el Cabildo del día 21 de noviembre de 2024 a fin de que nos indique la forma de proceder ante esta atípica situación.
19.- El día 28 de noviembre de 2024, se comunica a la Autoridad Eclesiástica los acuerdos adoptados y la inexistencia de candidatura valida que reúna las condiciones y requisitos legalmente exigidos con fecha de 21 de noviembre en relación a la disposición de la Delegación Episcopal para Asuntos Jurídicos Sacramentales de 10 de julio de 2024 relativa a las partidas de bautismo.
20.- Con fecha de 11 de diciembre de 2024, se recibe decreto con numero de protocolo 4644/2024, indicando los siguientes extremos:
a. Conceder a la Junta de Gobierno una prórroga de mandato hasta la celebración del Cabildo General de Elecciones, cuya convocatoria habrá de tener lugar, después de celebrada la Semana Santa.
b. Dispensar lo establecido en la Regla 50 de la Corporación, en lo referente a la duración del mandato de la Junta de Gobierno y la fecha de celebración de elecciones.
c. Dispensar de lo establecido en la Regla c en relación con la función del Cabildo General de Hermanos en la solicitud de dicha prorroga de mandato.
Estos son los hitos, objetivos e imparciales sucedidos durante el frustrado proceso electoral, actuando en todo momento de conformidad con la Regla 54, garantizando que todas las candidaturas recibieran un trato igualitario y no discriminatorio y siguiendo expresamente lo establecido en la normativa de aplicación y la interpretación auténtica de la Delegación Episcopal.
Nos despedimos con el deseo de que nuestra Hermandad continúe creciendo y fortaleciéndose, siempre bajo la protección de nuestros Amantísimos Titulares, a quienes elevamos nuestras oraciones.
Rogamos acepten esta comunicación como muestra de nuestro más profundo respeto y afecto.

Paco García
Nacido en Sevilla en enero de 1971. Estudió Ciencias de la Comunicación (Periodismo) en la 1º Promoción...




