El TSJA anula una sentencia que excluía a Ecologistas en Acción del proceso sobre una concesión minera en Morón
El tribunal reconoce la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva y ordena reanudar el procedimiento con participación activa de la organización ecologista.

Radio Morón

Morón de la Frontera
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), con sede en Sevilla, ha estimado el recurso de apelación presentado por la Federación Ecologistas en Acción-Sevilla y ha anulado una sentencia dictada en junio de 2024 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 7 de Sevilla. El tribunal andaluz considera que la resolución previa vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva al haberse dictado sin permitir la intervención de Ecologistas en Acción, personada en el procedimiento como codemandada.
El caso se remonta a 1995, cuando se solicitó una concesión minera denominada RSC 7201 “Sierra de Esparteros” en el término municipal de Morón de la Frontera, sobre suelos clasificados como no urbanizables y de especial protección ambiental, donde están prohibidas las actividades extractivas.
En 1998, la Delegación Territorial de Medio Ambiente de Sevilla emitió una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) desfavorable, señalando los impactos negativos significativos que la actividad minera tendría sobre los valores naturales y paisajísticos de la zona. Entre otras razones, se destacaba su función ecológica, su valor como isla vegetal en la campiña y su papel como referente paisajístico comarcal.
A pesar de ello, los herederos del promotor inicial, Francisco Siles, continuaron litigando el caso. En 2005, el TSJA anuló la resolución administrativa por una cuestión de forma, ordenando repetir el procedimiento con una nueva evaluación ambiental. No fue hasta 2016 cuando se reactivó el expediente, ya bajo la aplicación de la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental (GICA), que establece que la Autorización Ambiental Unificada (AAU) no puede concederse si existe incompatibilidad urbanística.
El Ayuntamiento de Morón ratificó dicha incompatibilidad en un informe, lo que llevó a la Delegación Territorial a archivar el procedimiento en 2019. Este criterio ha sido avalado por dos sentencias firmes del TSJA y confirmadas posteriormente por el Tribunal Supremo y la Sala de casación autonómica del TSJA, paralizando explotaciones similares en la misma comarca.
Sin embargo, en 2023, la empresa LALO SILES, S.L., vinculada a los herederos, recurrió judicialmente el archivo del procedimiento de AAU. En esta ocasión, la Junta de Andalucía se allanó a la demanda, y el juzgado dictó una nueva sentencia a favor de la empresa, ordenando reabrir el procedimiento, sin tener en cuenta la oposición presentada por Ecologistas en Acción, que ya se había personado como parte codemandada.
Gracias a esta personación, la organización pudo presentar recurso de apelación. Ahora, el TSJA les da la razón y ordena que el procedimiento se reanude, garantizando la participación de todas las partes personadas, en cumplimiento del artículo 75.3 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Ecologistas en Acción ha valorado positivamente esta resolución, al considerar que reafirma el derecho a la participación de la sociedad civil en los procedimientos administrativos y judiciales relacionados con la protección del medio ambiente.




