17 años de cárcel para el joven que apuñaló a su pareja embarazada en Fuente Palmera
Tendrá que indemnizar a la víctima y no podrá acercarse a ella , ni a su bebé

Ciudad de la Justicia de Córdoba / María Eugenia Vílchez

Córdoba
La sección tercera de la Audiencia provincial de Córdoba condena al joven de Fuente Palmera que apuñaló con un arma blanca a su pareja cuando esta estaba embarazada, esperando un bebé, a 17 años y seis meses de cárcel.
El autor de la agresión suma catorce años de condena por dos de los delitos: el de asesinato en grado de tentativa y aborto en grado de tentativa, con la agravante de género y de parentesco en ambos casos.
Según la sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial, el caso cuya instrucción el Juzgado de Violencia sobre la Mujer número 1 de Posadas, a estos dos delitos se suman además: la condena a dos años y seis meses de prisión como autor de un delito de maltrato físico y psíquico habitual en el ámbito de la violencia de género y otro año de prisión como autor de un delito de amenazas leves.
La sentencia le condena además a cinco años de libertad vigilada, a pagar 30.000 euros a la víctima, en concepto de responsabilidad civil, secuelas y daño moral; a no comunicar ni con ella, ni con su hijo, ni con otros familiares hasta al menos diez años después del fin de la condena de cárcel.
El fallo impide al condenado a acercarse a menos de 500 metros de la víctima, el fallo imposiblita al acusado para tener y portar armas durante más de siete años.
El acusado sometía a la víctima a una situación de maltrato físico y psíquico habitual
La sala deja claro que el acusado sometía a la víctima, con la que había convivido desde el año 2022 en distintas ciudades españolas, a una situación de maltrato habitual.
La sentencia habla de “actos concretos de violencia física, a la concurrencia de violencia psíquica y a la duración temporal un año y medio de la relación, con una situación mantenida en el tiempo de humillaciones, insultos y vejaciones constantes, con una agresión física incluida, todo ello en un marco de dominación y sometimiento con aislamiento social, familiar y laboral de la víctima, propio de las situaciones de violencia de género”.
El fallo deja claro que “el procesado mostraba su superioridad frente a la víctima mujer para demostrarle que ésta era inferior por el mero hecho de serlo”. Los magistrados hablan en la sentencia de la existencia de “una continuada situación de poder y subyugación del procesado hacia con la víctima durante toda relación de pareja, incluso durante la convivencia en diferentes lugares y con otros familiares presentes.
La sala constata que el ahora condenado tiene “un perfil controlador que genera aislamiento social y familiar de la víctima ya que no permite publicaciones en redes sociales de manera libre y portando, además, el teléfono de ésta en muchas ocasiones. Es celoso hasta para que su pareja trabaje y pueda tener relaciones normales y laborales con otros hombres y la humilla cuando se queda embarazada”.
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La sala descarta la atenuante de la confesión teniendo en cuenta que “que el hecho de que se arrepienta en la vista y diga que no quería causar mal alguno no conforma los requisitos que se necesitan para su aprecio”. Los magistrados y la fiscalía recuerdan que el acusado, después de haber apuñalado a la víctima que se encontraba embarazada, “huye del lugar, no auxilia a la víctima y no se entrega a la Guardia Civil si no es hasta cuarenta días después de lo sucedido, sin llegar a reconocer lo que ha hecho ni ante los agentes, ni en la Instrucción”, según consta en el auto.

María Eugenia Vílchez
Me mueven las causas justas. Me gusta contar historias y dar voz a personas que normalmente no la tienen...