El juzgado de lo Mercantil de Córdoba asume más del doble de asuntos por año de lo recomendado
El magistrado que firmó la primera sentencia de España que exonera deuda con la administración a través de la Ley de Segunda Oportunidad pone de relieve la "necesidad de refuerzos"

Antonio Fuentes Bujalance, magistrado del juzgado de lo Mercantil de Córdoba / Cadena SER

Córdoba
El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba soporta una carga de trabajo muy superior a las recomendaciones establecidas por el Consejo General del Poder Judicial. Frente a un techo que no debería subir de los 500 asuntos por año, solo en el primer semestre del año 2025 ya habían entrado más de 600 causas. El dato global de 2024 es todavía más apabullante, acercándose a los 1.200 casos tratados.
Al frente de este órgano se encuentra el magistrado cordobés Antonio Fuentes Bujalance, que presta servicio para toda la provincia, siendo el único de su especialidad. "Está claro que la planta de lo Mercantil en Córdoba está infradimensionada", lamenta en declaraciones a Radio Córdoba, "haciéndose patente la necesidad de un juzgado más". Así, cita como ejemplo la provincia de Sevilla, con cuatro juzgados de lo Mercantil "sin que tenga cuatro veces más de actividad económica que Córdoba". En Málaga hay tres órganos y además hay refuerzo de jueces.
Aquí, Fuentes Bujalance está solo con su equipo. Y además, se muestra escéptico acerca del poder que la mediación pueda ejercer a la hora de disminuir el colapso en su juzgado. "La idea de la mediación extrajudicial y el arbitraje lleva muchos años implantada en la administración de Justicia, pero nunca ha funcionado ni ha tenido buena acogida", asegura. De hecho, lamenta que "ahora se intenta imponer, lo cual añade un trámite más que puede incluso demorar los procedimientos".
Matiza, eso sí, que habla estrictamente de su materia, pues "quien llega a los órganos mercantiles suele venir asesorado y ya ha intentado resolver fuera de un juzgado, por lo que los asuntos que entran a este despacho ya suelen estar bloqueados para una negociación amistosa". Fuentes Bujalance incluso bromea, aludiendo a que "a lo Mercantil se le suele llamar la 'jurisdicción pija' porque es donde hay dinero y letrados muy especializados". Con todo, señala el magistrado, "pese a que el carácter latino que tenemos favorezca la litigiosidad como fórmula de resolución de conflictos, hay una parte positiva y es que la ciudadanía sigue confiando en los jueces y sus resoluciones pese a la campaña de desprestigio a la que se nos está sometiendo recientemente".
La indigesta cantidad de asuntos que el magistrado procesa cada mes tiene un efecto inequívoco: el retraso en resolver. Pero Fuentes pone de relieve que "también afecta a la calidad". Y realiza un símil respecto a otro servicio público esencial como es la Sanidad, aludiendo a que "si un médico puede operar un máximo de dos pacientes al día, a nadie le gustaría ser la novena persona a la que interviene quirúrgicamente en una jornada". De esta forma, asevera, "los recursos disponibles son los que son y tenemos que hacer nuestro trabajo de forma seria, así que lamentablemente vamos más lentos de lo que debiéramos".
PRIMERA SENTENCIA QUE EXONERA DEUDA PÚBLICA A TRAVÉS DE LA LEY DE SEGUNDA OPORTUNIDAD
El magistrado cordobés es el autor de una sentencia pionera en toda España en relación a la Ley de Segunda Oportunidad. Es una legislación que permite condonar deuda para personas físicas o jurídicas cuando se prueba que se trata de una carga inasumible y nunca podrán hacer frente a las mismas.
Sin embargo, en nuestro país la norma que impera limitaba el acceso a la exoneración de deudas si estas eran con entidades públicas, como impuestos por ejemplo. E incluso si un juez decretaba que se perdonaba al deudor, el límite de deuda con las administraciones públicas llegaba solo hasta los 10.000 euros. En noviembre del año pasado, con un amplio razonamiento jurídico basado en la normativa europea, Fuentes Bujalance resolvió en un auto que también se exoneraba a un deudor de las deudas con la administración pública.
Y es que según la interpretación de este juez, la Ley actual va 'por detrás' de la normativa europea, por lo que no queda otra que no aplicar la legislación española y, evaluando caso por caso, perdonar también las deudas con la administración.

Antonio Fuentes, magistrado de lo Mercantil en Córdoba, sobre la exoneración de deuda con la administración pública
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Es el criterio que ha seguido desde entonces y al que se han sumado otros jueces de lo Mercantil de todo el país. Aunque la Tesorería General de la Seguridad Social está recurriendo estas resoluciones. Y ahora, el asunto llegará hasta el Tribunal Superior de Justicia Europeo, que valorará si la doctrina que ha marcado el magistrado de lo mercantil cordobés es apropiada o no.
La ley de segunda oportunidad lleva desde el año 2015 implantada en España, pero la aplicación masiva viene dándose desde hace no tanto. El caso de mayor relevancia que ha asumido Antonio Fuentes condonó una deuda de 15 millones de euros a un matrimonio de la tercera edad que fracasó en su proyecto empresarial.

Álvaro Guerrero Jiménez
Redactor y editor en los servicios informativos de la Cadena SER en Córdoba. Previamente ha trabajado...




