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El único alcalde que cobró sueldo en Arahal en el XIX y otras curiosidades municipales

Segunda parte: El Ayuntamiento de El Arahal en funcionamiento en la segunda mitad del siglo XIX

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

Arahal

Rafael Martín Martín, Cronista Oficial de la ciudad -COMENTARIO Nº 83

Rafael Martín - Comentario 83 - EL AYUNTAMIENTO LIBERAL DEL SIGLO XIX, ARAHAL - II Parte

Rafael Martín - Comentario 83 - EL AYUNTAMIENTO LIBERAL DEL SIGLO XIX, ARAHAL - II Parte

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Tras haber revisado los orígenes de las primeras Juntas Municipales y la transición hacia el nuevo modelo de gobierno local, centraremos ahora la atención en el funcionamiento efectivo del Ayuntamiento durante la segunda mitad del siglo XIX.El estudio abordará la estructura de cargos, el papel de las comisiones, la dinámica de la vida municipal y las funciones que caracterizaron la administración local en este periodo. Este enfoque permitirá comprender cómo las instituciones liberales se consolidaron en la práctica diaria, configurando un entramado administrativo que sentó las bases de la gestión municipal contemporánea.

Los cargos municipales eran honoríficos y obligatorios, es decir, no se cobraba por ejercerlos. Sin embargo, en Arahal se dio una situación excepcional. En 1858, tras los graves sucesos ocurridos un año antes, se produjo una auténtica desbandada en el Ayuntamiento: el alcalde, don Miguel Zayas Trigueros, y muchos concejales abandonaron sus cargos, incluso inscribiéndose en otros municipios. La situación fue tan extrema que el Ayuntamiento quedó reducido a solo tres concejales, dejando al pueblo prácticamente sin gobierno durante tres meses.

Ante este vacío, el ministro de la Gobernación, don Claudio Antón de Luzuriaga, con la autorización de Isabel II, nombró un alcalde corregidor ( figura que aparece en la Ley de 1845), en este caso a don Juan de Lemos. Lo llamativo es que no era vecino de la localidad ni figuraba en el censo, y, además, fue el único alcalde del siglo XIX en Arahal —y en la mayoría de pueblos de España— que llegó a cobrar un sueldo: dieciséis mil reales anuales, con cargo a los fondos municipales. (un sueldo alto, dado que el sueldo de un jornalero estaba en torno a los mil quinientos reales anuales).

Su mandato fue breve y poco productivo. Entre 1858 y 1860 presidió 143 plenos, pero en solo 60 se tomaron decisiones de cierto calado. La ineficacia fue tal que, en junio de 1860, la Reina ordenó su cese y la supresión de la Alcaldía Corregimiento en Arahal, declarándose vacante el cargo.

Este episodio representa uno de los momentos de mayor vacío histórico reflejadas en las actas analizadas de la segunda mitad del siglo XIX , marcado por la falta de propuestas, de debates y de decisiones en un tiempo de gran complejidad para el municipio.

Los cargos tenían duración determinada por las leyes: cuatro años para el alcalde y regidores, con renovación parcial cada dos años. El alcalde era elegido por los concejales en sesión plenaria, al igual que los tenientes de alcalde y el síndico y nombrados por el Gobernador civil.

En la década de 1840, coincidente con la regencia progresista de Espartero —durante la cual quedó frustrada la proyectada Ley Municipal de 1840—, nuestra localidad eligió a su primer alcalde: don José María Soriano Hidalgo, quien ocupó el cargo desde 1841 y que continuaría hasta 1843 fin de la citada regencia.

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

Corporación municipal de El Arahal.

En 1844 le sucedió don José de Zayas Sergeant, el primer alcalde de tendencia moderada, que continuó al frente del Ayuntamiento tras la aprobación de la Ley Municipal conservadora de 1845. Posteriormente, en 1847, asumió la alcaldía don Antonio Jiménez.

Ya en los primeros años de la década de 1850 ocuparon el cargo don Antonio de Torres Quintanilla y don Miguel de Zayas Trigueros, quien volvería a ser alcalde después del Bienio Progresista (1854-1856), periodo en el que ejerció la alcaldía don Francisco de Paula Teodoro Arias de Reina.

Pese a la rigurosidad con que la legislación fijaba la duración de los mandatos municipales, lo cierto es que en contadas ocasiones se cumplió lo dispuesto en la norma. En la práctica, fueron las coyunturas políticas las que determinaron la continuidad o sustitución de las autoridades locales. Entre 1857 y 1900, la localidad contó con un total de cuarenta y cinco alcaldes, lo que evidencia una marcada inestabilidad institucional. Dicho fenómeno se acentuó en periodos de especial agitación, como el Sexenio Democrático y, particularmente, durante la Primera República. En 1872 y 1873, por ejemplo, la sucesión de mandatos alcanzó su punto máximo, llegando a contabilizarse hasta once alcaldes en sólo esos dos años.

El período de mayor estabilidad política en el municipio se corresponde con la etapa de la Restauración, en la que se implantó el mismo sistema de turnismo vigente a nivel nacional. Dicho sistema se caracterizaba por la alternancia en el poder entre los partidos conservador, encabezado por Cánovas del Castillo, y el liberal, liderado por Sagasta. En el ámbito local, esta dinámica se tradujo en la designación de alcaldes vinculados, en el caso del partido conservador, a las familias Benjumea y Torres, mientras que en el caso liberal correspondió a miembros de la familia Arias de Reina.

El turnismo, en el contexto municipal, reflejaba la escasa transparencia del sistema electoral, que en ocasiones derivaba en situaciones de inoperancia. De hecho, se documenta la suspensión de procesos electorales por falta de participación, como ocurrió el 18 de febrero de 1877, cuando se ordenó la repetición de las elecciones ante la ausencia de electores y la necesidad de proceder nuevamente al nombramiento de los presidentes de mesa.

En cuanto a la organización electoral, el municipio se dividía en tres distritos, distribuidos en cuatro colegios electorales: los dos primeros situados en la sala capitular alta, el tercero en la escuela de San José y el cuarto en la de San Cayetano.

Se elegían también alcaldes de barrio, representantes vecinales con funciones de policía urbana y administración, bajo la supervisión de los tenientes de alcalde. El Arahal se dividía en tres distritos, con población y familias distribuidas de manera desigual, según el censo de 1882, el primer distrito lo componían dieciséis calles y lo ocupaban 949 familias y 3.200 habitantes, el segundo distrito tenía catorce calles y lo ocupaban 813 familias y 2.757 habitantes y el tercer distrito 21 calles, 858 familias y 3.165 habitantes. Los distritos no estaban muy delimitados por zonas.

Funciones y comisiones

El alcalde presidía todas las sesiones, dirigía las discusiones y nombraba las comisiones, a la que estaban adscritos los distintos concejales, en algunas de ellas, en especial las relacionadas con aspectos económicos y servicios asistenciales, formaba parte también el propio alcalde, actuando como presidente de las mismas. El número de comisiones dependía del alcalde, y en pocos momentos llegaron a ser las mismas. Entre las más importantes:

  • Banco agrícola de labradores (facilitaba créditos a agricultores). Este banco comenzó a funcionar desde mitad de la década de los años 40, cuando en la villa de El Arahal se suprimió el pósito municipal.
  • Presupuestos y cuentas.
  • Policía urbana y rural.
  • Mataderos, carnicerías y abastos.
  • Beneficencia y sanidad.
  • Instrucción pública.
  • Estadística y cementerios.
  • Urbanismo

Existían igualmente las llamadas Juntas de Beneficencia, de Sanidad y de Instrucción Pública, en la que se incluían representantes de la ciudadanía, de la parroquia y dependiendo de las funciones de las mismas, personal sanitario, en el caso de Sanidad y personal docente, en el caso de Instrucción Pública.

Los tenientes de alcalde y alcaldes de barrio ejercían funciones delegadas, en el primer caso del alcalde y en el segundo, de los tenientes de alcaldes y uno de los regidores era síndico, responsable de defender los intereses del municipio.

Las sesiones plenarias eran obligatorias: ordinarias cada domingo y extraordinarias según necesidad. Su número era elevado, un total de 52 sesiones anuales con carácter semanal y en torno de 10 a 15 las extraordinarias. En el orden del día de los distintos plenarios celebrados, sobre el 40% se trataban temas económicos, todo ello tendente al proceso de cumplimentación de los presupuestos, seguimiento de los mismos y cierre de cuentas; aparte de ello temas urbanísticos, muy importante en este período también por la expansión del municipio, temas sanitarios, por las continuas epidemias por las que pasó la población o aspectos relacionados con la instrucción pública, entre otros.

Las atribuciones del Ayuntamiento.

El importante cambio adquirido a raíz de la Constitución de 1812 supuso la asunción de una serie de competencias y de innovaciones tendentes a llevar a la población hacia el progreso y hacia cambios que jamás podrían pensarse a comienzos de este siglo XIX. Unos cambios lentos pero muy prácticos, fruto de la nueva estructura del Estado, en el que jugó un cambio fundamental los ayuntamientos, como órgano fundamental del cambio.

La primera ley municipal publicada y en vigor hasta 1870 fue la de 1845, una ley de marcado carácter conservador, pilar del nuevo sistema centralista y se publicó, tras la llegada al poder Narváez.

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

Ayuntamiento de El Arahal

En la citada ley aparte de reflejar los distintos aspectos relacionados con la designación de los alcaldes y regidores y del carácter censitario, al que se ha hecho alusión anteriormente, refleja una serie de atribuciones que se mantendrán prácticamente en las otras leyes de 1870 y 1877

a) Nombramiento del personal del Ayuntamiento. Entre ellos el de los depositarios, que eran los encargados de la intervención de los fondos del común, exigiéndoles las correspondientes fianzas, que solían ser garantías hipotecarias y las debía presentar antes de su nombramiento, firmadas ante notario. La figura del depositario era una figura fundamental y de una gran importancia porque aparte de ser responsable de la administración e inversión de los fondos del común o propios y arbitrios, asumía también la responsabilidad de los repartimientos y de la recaudación de las contribuciones.

Así como los administrativos en el seno de la secretaría, los recaudadores de impuestos, los peritos de campo, de albañilería o de carpintería y todo resto de trabajadores dependiente de los organismos del ayuntamiento, como el del matadero, cementerio, plaza de abastos, la policía rural y urbana.

b) Relacionado con la asistencia social.

A nivel educativo, la asunción de responsabilidad del cuidado de las escuelas de primeras letras y de los demás establecimientos que se pagaran del común, en este caso estaban facultados para ello. El municipio era un ente obligado a pagar los sueldos de los maestros e incluso su vivienda, así como hacerse cargo de los gastos de la enseñanza en la enseñanza básica. Posteriormente cuando se publicó la ley Moyano de educación en 1857 incluyó estas competencias municipales. Para ello, y como se comentó anteriormente existía una Junta de Instrucción que supervisaba el citado cumplimiento.

A nivel sanitario, la contratación de los médicos, dependiendo del número de familias incluidas en el censo de pobres, corroborado así posteriormente por la ley de 1855 de Sanidad. En nuestro municipio fueron dos los médicos contratados por el Ayuntamiento, al que se le asignaban un número de familias por cada uno. A estos médicos se les llamaba de pobres o de partido, porque sólo atendían a familias pobres, previa autorización del alcalde, tras certificación del sacerdote. También existía una Junta de Sanidad, a la que pertenecían estos médicos, el sacerdote, representantes de la ciudadanía y regidor responsable de esta comisión.

A nivel de beneficencia, como en nuestra villa no existía casa cuna, en los casos de necesidad, a las familias que se hiciesen cargo de ese niño, y actuaban como dama de cría, le pagaban en especias hasta que el niño o niñas tuviese cinco años o bien era responsabilidad del ayuntamiento la gestión de traslado a la casa cuna correspondiente, así como el traslado a hospicios u hospital provincial de vecinos que necesitaran esos servicios. También se disponía en el presupuesto de unos fondos para personas vagabundas que necesitaran ayuda.

c) Relacionado con temas urbanísticos que afectaran a la seguridad como actuación ante edificios ruinosos, derribos, obras en fachadas de edificios, obras que afectasen a la sevidumbre a la vía pública, establecimientos peligrosos. Concesión de terrenos para edificación.

d) Salubridad, con especial atención a las fuentes públicas, supervisión de los alimentos, como el pan, carnes, venta de comestibles, supervisión de las fondas y bodegones, establecimientos insalubres, conducción de cadáveres, mercados.

e) La seguridad, en la que juegan un papel fundamental tanto la policía rural como la urbana, en el primer caso, guradando y custodiando el campo y los caminos vecinales, servidumbres, públicas y bienes comunes, así como el seguimiento en la caza y protección pecuaria y agrícola. En el caso de la policía urbana, guardar por el cumplimiento de las ordenanzas municipales.

f) Arreglo y ornato de la vía pública, como apeertura y alineación de calles y plazas y de toda clase de vías de comunicación, paseos y arbolados, empedrado, alumbrado y alcantarillado, surtido de aguas, entre otros.

g) La obligación de dictar ordenanzas municipales y hacerlas cumplir.

h) Intervención en la organización de las quintas para los servicios de milicias.

i) Establecimiento de ferias, fiestas.

k) Administración municipal, que comprende el aprovechamiento, cuidado y conservación de todas las fincas, bienes y derechos pertenecientes al Municipio y establecimientos que de él dependan, y la determinación, repartimiento, recaudación, inversión y cuenta de todos los arbitrios é impuestos necesarios para la realización de los servicios municipales.

Todas estas funciones se encuentran recogidas en la primera ordenanza municipal, emanada de estas leyes municipales , del año 1878, en las que incluso se incluyen todos los aspectos relacionados con el funcionamiento interno del propio ayuntamiento, en lo relacionado con las sesiones y funciones de los distintos trabajadores del mismo, así como una regulación específica de las funciones de la guardia municipal.

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

El Arahal. Fotografía del archivo de Alfonso Pereira

Calle de Miguel de Zayas ( actual calle Veracruz).

Todo este inmenso trabajo desinteresado, obligatorio y honorífico eran desempeñado por estos representantes de la ciudadanía en el Ayuntamiento, lógicamente auxiliados por los empleados, encabezados por el secretario, que era nombrado por concurso, los administrativos, el depositario, los agentes del orden, los recaudadores de impuestos, los trabajadores del ayuntamiento en el matadero, cementerio, peritos de campo, de albañilería y de carpintería, maestros de instrucción básica que dependían económicamente del Ayuntamiento, médicos del ayuntamiento, entre otros.

Conclusión

El ayuntamiento liberal del siglo XIX en Arahal refleja la implantación de las reformas liberales en la vida local. Se reorganizó la administración municipal, se ampliaron las competencias de alcaldes y concejales y se fomentó cierta participación vecinal. Aunque estas transformaciones no siempre se aplicaron de manera uniforme, marcaron un paso importante hacia la modernización del municipio y sentaron las bases del gobierno local contemporáneo.

Sonia Camacho

Sonia Camacho

Sonia Camacho es directora de Bética de Comunicación y fundadora de Estudio 530. Comunicadora andaluza...

 

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