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Publicado el bando municipal que regula la venta, suministro de material pirotécnico

Se prohíbe la venta y suministro de estos productos en aquellos establecimientos sin licencia gubernativa y municipal y a aquellas personas que presenten síntomas manifiestos de  encontrarse bajo los efectos del alcohol o sustancias estupefacientes

Petardos de fiestas / Caudete digital

Petardos de fiestas

Jerez de la Frontera

El Ayuntamiento de Jerez ha emitido el tradicional Bando Municipal en el que se recuerdan las normas establecidas por la venta, el suministro y uso de material pirotécnico, tal y como anunció en el transcurso de la Junta Local de Seguridad de la Navidad 2025-2026, celebrada el pasado jueves en el Salón de Plenos del Ayuntamiento.

Según se explica en el Bando Municipal, publicado en la página web del Ayuntamiento, con motivo de las celebraciones de Navidad en las que se promueven actividades festivas populares o tradicionales en vías y espacios públicos, el presente Bando de Alcaldía recuerda las normas que regulan la venta, suministro y uso de material pirotécnico, conforme al Real Decreto 989/2015 de 30 de octubre que aprobó el 'Reglamento de artículos pirotécnicos y cartuchería', así como a la Ordenanza Municipal de Policía y Buen Gobierno.

De esta manera, se prohíbe la venta y el suministro de productos pirotécnicos en aquellos establecimientos que no cuenten con las preceptivas licencias gubernativa y municipal.

Igualmente, se prohíbe la venta de productos pirotécnicos a aquellas personas que manifiesten de forma clara que pueden encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas o sustancias estupefacientes.

Los artículos pirotécnicos no se comercializarán para personas por debajo de las edades mínimas indicadas a continuación, estableciéndose tres categorías. La categoría 'F1 12 años' admite la venta a mayores de 12 años artificios de pirotecnia de muy baja peligrosidad y nivel de ruido insignificante destinados a ser usados en zonas delimitadas, incluidos los artificios de pirotecnia destinados a ser utilizados dentro de edificios residenciales; la categoría 'F2 16 años' admite la venta a mayores de 16 años de artificios de pirotecnia de baja peligrosidad y bajo nivel de ruido destinados a ser utilizados al aire libre en zonas delimitadas. Finalmente, la categoría 'F3 18 años' fija el uso de artificios de pirotecnia de peligrosidad media destinados a ser utilizados al aire libre en zonas de gran superficie y cuyo nivel de ruido no sea perjudicial para la salud humana, quedando limitado a mayores de 18 años.

Asimismo, según recoge el Bando Municipal, la manipulación o disparo de cohetes, petardos y en general fuegos artificiales está prohibida salvo que se cuente con autorización municipal expresa. En todo caso se deberán tomar las precauciones debidas para evitar accidentes y molestias a las personas en vías y espacios públicos dentro del término municipal.

La Policía Local, en colaboración con el resto de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, velará por el estricto cumplimiento de este bando y procederá a denunciar todas aquellas infracciones que sean cometidas en aplicación de la legislación vigente al respecto. Sin perjuicio de la responsabilidad que se contraiga por las infracciones o por el incumplimiento de la normativa señalada, la infracción de la misma comportará la incoación del oportuno expediente sancionador y la incautación del material pirotécnico, incluyendo aquellas partidas encontradas en establecimientos o puntos de ventas no autorizados.

 

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