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El TSJA revoca la orden para ceder un espacio para enterramientos musulmanes en Algeciras

El Ayuntamiento mantiene que en Botafuegos existen parcelas para enterrar a personas de distintas confesiones religiosas

Parte del equipo de gobierno hoy en el Ayuntamiento / RA

Parte del equipo de gobierno hoy en el Ayuntamiento

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha dictaminado que el Ayuntamiento de Algeciras no ha vulnerado en ningún momento algún derecho fundamental en el tema del cementerio musulmán, según se recoge en la sentencia número 1006/25, de 29 de octubre, dictada por la Sección Tercera Sala de lo Contencioso-Administrativo en Sevilla.

La sentencia estima el recurso de apelación interpuesto por el Consistorio algecireño contra la sentencia 29/2025, de 24 de marzo, del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Algeciras, que ha quedado revocada, que obligaba al Ayuntamiento a conceder a una mezquita de la ciudad de una zona con suficientes parcelas en el cementerio municipal destinada al enterramiento de personas fallecidas de fe musulmana, conforme a los preceptos funerarios islámicos, que así lo soliciten según lo dispuesto a la Ley 26/1992.

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El TSJA revoca la orden para ceder un espacio para enterramientos musulmanes en Algeciras

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Este fallo judicial establece que el Ayuntamiento de Algeciras no ha vulnerado ningún derecho fundamental, concretamente el de la libertad religiosa, precepto con el que ha sido respetuoso en todo momento, así como que esta cuestión debe ser abordada por la legalidad ordinaria, y no a través de un proceso judicial por presunta vulneración de derechos fundamentales.

Asimismo, desde el Consistorio se mantiene que en el cementerio de Botafuegos existen parcelas destinadas al enterramiento de personas de distintas confesiones religiosas, partiendo desde el máximo respeto a las diferentes creencias y culturas existentes en Algeciras, siendo las dos necrópolis algecireñas aconfesionales..

Igualmente, cabe destacar que la normativa en materia de cementerios de la Junta de Andalucía, establecida en el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria, es muy estricta en lo que respecta a las afecciones sanitarias y medioambientales de los cementerios, cuyo funcionamiento debe supervisar tanto la administración municipal como la autonómica, lo que se convierte en más complejo en el caso de un cementerio islámico en el cual los enterramientos se efectúan sin féretro y en contacto directo con la tierra.

 

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