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Entra en vigor la nueva ordenanza que regula el uso de caballos en Antequera

La normativa establece sanciones de entre 200 y 3.000 euros por su incumplimiento

Un caballo pasea durante la Real Feria de Agosto de Antequera / Ayuntamiento de Antequera

Un caballo pasea durante la Real Feria de Agosto de Antequera

Antequera

El Boletín Oficial de la Provincia de Málaga publica este jueves la nueva ordenanza que regula el uso de caballos y otros équidos en el término municipal de Antequera. Hasta ahora, no existía una normativa específica para su circulación en zonas urbanas ni durante eventos como ferias o romerías. La medida, que hoy entra en vigor, “busca garantizar la seguridad, el bienestar animal y la convivencia con vecinos y visitantes”.

A partir de ahora, para montar a caballo o usar enganches dentro del casco urbano o en eventos señalados, será obligatorio cumplir una serie de requisitos. Por ejemplo, los jinetes deberán llevar siempre la documentación del animal, un certificado veterinario actualizado y un seguro de responsabilidad civil.

El recorrido de los caballos solo podrá hacerse por el circuito que el Ayuntamiento establezca y siempre al paso o al trote reunido. Se prohíbe el galope en la ciudad. También se limitan los horarios y se exige inscripción previa para participar en desfiles, concursos o exhibiciones.

Los menores de edad necesitarán autorización expresa de sus padres o tutores, y si tienen menos de 16 años, deberán ir acompañados por un adulto.

Además, queda prohibido montar a caballo bajo los efectos del alcohol o las drogas, amarrar los animales a farolas o árboles, circular por zonas restringidas o abandonar a los animales en la vía pública. Igualmente, se exige que los responsables recojan los excrementos. En algunos casos, se podrá obligar al uso de bolsas o pañales especiales.

Durante ferias, romerías y otras fiestas, el Ayuntamiento podrá regular de forma más específica las rutas, horarios y puntos de acceso, descanso y agua para los animales. También se exigirá presencia veterinaria y autorización previa para organizar cualquier actividad con caballos.

Sanciones por incumplimiento

La ordenanza contempla tres niveles de infracción. En el caso de las leves, como no llevar la documentación o no recoger excrementos, pueden ser sancionadas con multas de hasta 200 euros. Las infracciones graves, como incumplir horarios, circuitos o montar bajo efectos del alcohol, pueden suponer multas de hasta 1.000 euros. Por último, las muy graves, como el maltrato animal o provocar daños a personas o bienes, podrán acarrear sanciones de hasta 3.000 euros, la retirada del caballo y la expulsión del evento.

 

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