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El árbitro del derbi, el sevillano Abraham Gutiérrez, reflejó en el acta el lanzamiento de varios objetos desde la grada

El Real Jaén podría enfrentarse a una importante multa según el Código disciplinario de la RFEF

Abraham Gutiérrez, árbitro del Real Jaén-Linares, a la salida de los jugadores. / Miranda López

Abraham Gutiérrez, árbitro del Real Jaén-Linares, a la salida de los jugadores.

Jaén

Además del resultado del partido de este domingo entre el Real Jaén y el Linares Deportivo, en el club blanco existe cierta preocupación por lo que pasó en los minutos finales en La Victoria, cuando el colegiado sevillano Abraham Gutiérrez tuvo que suspender el partido durante unos minutos y mandar a los jugadores a los vestuarios por el lanzamiento de objetos.

Según el nuevo protocolo arbitral, cuando hay un primer lanzamiento de objetos desde la grada, que fue lo que ocurrió en el minuto 67, tal y como reflejó el colegiado en el acta, la megafonía del estadio debe informar que si se siguen produciendo estas acciones se deberá suspender el partido temporalmente. Por ello, ya en el minuto 93 y tras un nuevo lanzamiento de objetos, el encuentro se suspendió y los jugadores tuvieron que irse a los vestuarios para que de nuevo desde megafonía se dijese que si había otro lanzamiento al campo el partido se suspendía definitivamente.

En concreto, el acta del encuentro dice literalmente lo siguiente: "En el minuto 67, tras la consecución del gol del Linares Deportivo, se producen desde el sector de la grada el cual ocupaban seguidores del equipo local, identificados por su vestimentas, situado junto al banderín de esquina de la izquierda tomando como referencia el túnel de vestuarios, lanzamientos de tres botellas de plástico con capacidad de 500 ml con tapón puesto y llenas de líquido, sin llegar a impactar en ningún participante en el partido. Por todo ello me vi en la obligación de no reanudar el juego hasta pasado aproximadamente 3 minutos, para ir a solicitar al delegado de campo de que indicara por megafonía un mensaje informativo en el que informara que de seguir produciéndose este tipo de comportamientos, el partido iba a ser suspendido temporalmente. En el minuto 93, no estando el balón en juego, se producen desde el sector de la grada el cual ocupaban seguidores del equipo local, identificados por su vestimentas, situado tras la portería de la derecha tomando como referencia el túnel de vestuarios, lanzamientos de un mechero y un vapeador, sin llegar a impactar en ningún participante en el partido. Por todo ello me vi en la obligación de suspender temporalmente el partido y retirarnos a vestuarios, de acuerdo con el protocolo de lanzamiento de objetos, hasta que las fuerzas del orden público me garantizaran la seguridad en el estadio, estando el encuentro detenido aproximadamente 8 minutos. Se solicitó al delegado de campo que indicara por megafonía un mensaje informativo en el que informara que de seguir produciéndose este tipo de comportamientos, el partido sería suspendido definitivamente. Pasado este tiempo se reanudó el partido, no produciéndose mayores incidentes al respecto".

Con esta redacción del acta, el Real Jaén podría enfrentarse a una importante multa según el Código disciplinario de la RFEF que primero, para determinar la gravedad, se ceñirá del artículo 15, que dice lo siguiente: "Para determinar la gravedad de los hechos se tendrán en cuenta las circunstancias concurrentes, tales como la producción o no de lesiones; la apreciación de riesgo notorio de haberse podido originar, salvo si para su evitación hubiese mediado la diligencia del organizador; la influencia de los incidentes en el normal desarrollo del juego; la existencia o ausencia de antecedentes; el mayor o menor número de personas intervinientes; y, en general, todas las demás que el órgano disciplinario racionalmente pondere, cualificándose, además, de manera específica, como factores determinantes de la gravedad, la actitud pasiva o negligente del club organizador o su falta de presteza para identificar y poner a disposición de la autoridad competente a los protagonistas de los incidentes y, en suma, el grado de cumplimiento de las obligaciones legales y reglamentarias que incumben al organizador en materia de la prevención de la violencia en las instalaciones deportivas. Tratándose de supuestos en que resulte agredido alguno de los árbitros, precisando por ello asistencia médica, el ofendido deberá remitir el correspondiente parte facultativo".

Después de definir la gravedad, si el órgano disciplinario califica los hechos como leves, el club responsable será sancionado con una multa de hasta 602 euros. Por el contrario, si se califican los hechos como graves y se trate de la primera vez en la temporada, que es el caso del Real Jaén, el club responsable será sancionado con multa en cuantía de hasta 6.000 euros y clausura parcial de las instalaciones deportivas por un partido, apercibiéndole con la clausura total de sus instalaciones deportivas en caso de reincidencia. Además, se considerará infracción de carácter grave y será sancionado con multa en cuantía de hasta 3.000 euros y apercibimiento de clausura, el lanzamiento de varios balones, o de cualquier otro elemento al terreno de juego procedentes de la grada, con independencia de si el juego está o no detenido.

Virgilio Moreno Valenzuela

Virgilio Moreno Valenzuela

Licenciado en Periodismo por la Universidad de Málaga. Es redactor y locutor en Radio Jaén desde el...

 

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