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El pleno municipal del Ayuntamiento de Jódar aprueba inicialmente la 'Ordenanza Reguladora de la Circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), Patinetes, Patines, Monopatines y Similares'

Esta emisora adelanta un extracto-resumen “... No exceder 25 km/h, unipersonales, casco obligatorio, edad mínima 15 años, sujetar el manillar con dos manos...”

El Ayuntamiento de Jódar regula el uso de patinetes y Vehículos de Movilidad Personal / Radio Jódar

El Ayuntamiento de Jódar regula el uso de patinetes y Vehículos de Movilidad Personal

Jódar

El pleno municipal del Ayuntamiento de Jódar, del pasado 30 de septiembre de 2025, aprueba inicialmente la 'Ordenanza Reguladora de la Circulación de los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), Patinetes, Patines, Monopatines y Similares'.

Así mismo se publicaba, el 28 de octubre, en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Jódar, el anuncio para información pública por el plazo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas. Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo, cuando se publicará la ordenanza completa.

Esta emisora ha realizado el examen de esa ordenanza, que se extiende por 28 páginas, pudiendo tomar notas manuscritas, tras lo cual puede adelantar un extracto-resumen de la misma:

Art. 4.- Velocidad máxima y espacios de circulación No podrá exceder los 25 Km/h.

4.3.- Permitido circular por vías urbanas y en sentido autorizado, quedando prohibido circular en dirección prohibida.

4.5.- Se prohíbe circular por las aceras y zonas peatonales.

4.7.- Tienen que respetar las normas de circulación

a.- La circulación tiene que ser en fila de a uno.

b.- Sin dejar de sujetar el manillar con ambas manos.

c.- Anunciar sus intenciones de giro, mediante indicadores, si los tienen instalados, o manualmente.

d.- Portar Certificado de Circulación Manual.

7.- Deberán de adecuar la velocidad y ceder el paso al peatón.

8.- No podrán ser usados por más de una persona a la vez.

9.- Los conductores deberán disponer documentación personal (DNI, pasaporte, NIE o licencia de conducción...).

10.- Se prohíbe la circulación en vías urbanas cuya velocidad máxima permitida sea superior a 30 km/h., salvo existencia de carril bici.

11.- El Ayuntamiento de Jódar podrá crear un Registro Municipal de VMP.Art.

12.- Condiciones de Uso

a.-

b.- Serán de uso unipersonal.

c.- Casco Obligatorio.

d.- Edad mínima usuario, 15 años.

e.- Se aconseja la contratación y vigencia de seguro de responsabilidad civil para el usuario y frente a terceros...

g.- El uso de chaleco y prendas reflectantes será recomendable, si bien pasara a ser obligatorio si una normativa de rango superior así lo establece.

h.- Queda prohibido conducir bajo efecto de bebidas alcohólicas en tasas superiores a las permitidas, por la norma general, estupefacientes, psicotrópicos, estimulantes, etc...

i.- Prohibido conducir utilizando cualquier tipo de caso de audio o auriculares.

l.- Prohibida su circulación por vías o zonas restringidas al tráfico.

Art. 13.- Infracciones y sanciones

3.- Leves.

a.- Circular transportando a más de una persona.

b.- No disponer de dispositivos luminosos.

c.-

d.- Circular sin mantener un metro de distancia respecto a la línea de fachada.

e.- Conducir descalzo.

f.-

g.- No mantener un metro de distancia respecto a peatones...

4.- Graves.

a.- Incumplir los límites de velocidad.

b.- Conducir de forma negligente.

c.- Sin tener la edad permitida...

5.- Muy graves.

a.- Exceder más del 50% la velocidad máxima autorizada.

b.- Conducir de forma temeraria.

c.- Poner en grave peligro a personas usuarias de la vía.

d.- Exceder la tasa de alcohol permitida.

e.- Carecer de seguro de responsabilidad civil.

f.- Carecer de certificado de circulación y Manual de instrucciones...

Sanciones

Leves: Hasta 100 €,

Graves: de 101 a 200 €,

Muy graves: de 201 a 500 €.

También se procederá a la inmovilización, precinto y retirada del VMP, los gastos de retirada correrá a cargo de la persona titular, salvo casos de sustracción.

La ordenanza entrará en vigor a partir de la publicación definitiva en el BOP, una vez pase el periodo de exposición pública y resolución de reclamaciones, si no las hubiera, podría ser a mediados del mes de diciembre.

 

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