Entra en vigor la zona de bajas emisiones de Málaga: multas y qué coches pueden acceder
Comienzan las multas de 200 euros en la ZBE tras finalizar el primer año en el que solo se han realizado avisos

Zona de bajas emisiones / Ayuntamiento Málaga

Málaga
El segundo año de vigencia de la ordenanza de Movilidad Sostenible de la ciudad de Málaga comienza este próximo domingo, 30 de noviembre.
Durante este primer año de vigencia han circulado por la ZBE los vehículos (coches y motos) acreditados por la DGT con etiqueta ambiental 'CERO', 'ECO' o 'C'; los que tienen etiqueta ambiental 'B'; y los que carecen de etiqueta ambiental, han recordado desde el Ayuntamiento de Málaga en un comunicado.
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A partir de este domingo, comienza el segundo año y, por tanto, se restringe la circulación a los vehículos que no tengan etiqueta medioambiental y que no estuvieran domiciliados en Málaga antes de la entrada en vigor de la ordenanza de Movilidad Sostenible (30 de noviembre de 2024). Todos los demás tipos ('CERO', 'ECO', 'C' y 'B'), domiciliados o no en Málaga, podrán seguir circulando.
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La Zona de Bajas Emisiones de la Ciudad de Málaga comprende un espacio de 437 hectáreas de circulación limitada y tiene como objetivos "la mejora de la calidad del aire y los niveles de ruido, el cambio del reparto modal de la movilidad a través de la reducción del tráfico privado y el fomento del transporte público, el impulso del uso de vehículos menos contaminantes, la digitalización de la movilidad y el aumento de la productividad de los sistemas de transporte".
Control
Esta área central de bajas emisiones, denominada envolvente, "será controlada en función de la clasificación medioambiental de los vehículos y mediante sistemas de la gestión de la circulación y sistemas inteligentes de reconocimiento de matrícula que están conectados a un software integrado en la plataforma de control de movilidad de la ciudad y desarrollado a partir de datos de la DGT y el padrón municipal".
Con este sistema implementado para el control de esta área, no será obligatorio que la ciudadanía disponga de la etiqueta medioambiental expedida por la DGT.
Delimitación
La delimitación de la ZBE en Málaga está formada por las siguientes calles: Paseo Marítimo Antonio Machado, avenida Ingeniero José María Garnica, calle Explanada de la Estación, Plaza de la Solidaridad, avenida de las Américas, avenida de la Aurora, Jardines de Picasso, avenida de Andalucía, calle Compositor Lehmberg Ruiz, calle Hilera, calle Santa Elena, calle Honduras, calle Arango, calle Martínez Maldonado, avenida de Barcelona, y Plaza del Hospital Civil.
También avenida Doctor Gálvez Ginachero, calle Mazarredo, avenida del Arroyo de los Ángeles, Paseo de Martiricos, calle Huerto de los Claveles, calle Marqués de Cádiz, calle Juan del Encina, calle Empecinado, Plaza Capuchinos, Alameda de Capuchinos, Plaza Olletas, calle Toquero, calle Obispo González García, calle Amargura, calle Ferrándiz, Paseo Salvador Rueda, calle Rafael Pérez Estrada y Paseo Marítimo Pablo Ruiz Picasso.
Accesos
Los artículos de la ordenanza relativos a la circulación en el interior del perímetro de la Zona de Bajas Emisiones de la ciudad y que regulan la tipología de vehículos que pueden o no pueden circular se aplicarán mientras no entre en vigor una regulación nacional que obligue a modificar la normativa local.
De esta forma, durante este segundo año que se inicia este domingo, podrán circular los vehículos (coches y motos) acreditados por la DGT con etiqueta ambiental 'CERO', 'ECO' o 'C' y 'B'; y sin etiqueta, domiciliados en Málaga antes de la entrada en vigor de la ordenanza de Movilidad Sostenible (30 de noviembre de 2024).
Del tercer año en adelante los creditados por la DGT con etiqueta ambiental 'CERO', 'ECO' o 'C'; con etiqueta ambiental 'B', domiciliados en Málaga antes del inicio del tercer año de vigencia de la ordenanza (30 de noviembre de 2026); y, sin etiqueta, domiciliados en Málaga antes de la entrada en vigor de la ordenanza de Movilidad Sostenible (30 de noviembre de 2024).
Por otra parte, podrán circular con acceso libre por la Zona de Bajas Emisiones el Transporte colectivo regular de viajeros, el Taxi y VTC, los que tengan la consideración de vehículos históricos, conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 1247/1995, y camiones.
También en el caso de las furgonetas, podrán circular libremente durante los cuatro primeros años las furgonetas 'CERO', 'ECO', 'C', 'B' y sin etiqueta ambiental. A partir del quinto año podrán circular las furgonetas con etiqueta ambiental 'CERO', 'ECO', 'C', 'B' domiciliadas en Málaga y sin etiqueta domiciliadas en Málaga.
De igual modo, tendrán acceso previa comunicación y comprobación automatizada los siguientes vehículos: Los de asistencia sanitaria, tanto pública como privada; los vehículos de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado; y los servicios municipales.
También servicios privados de especial necesidad (seguridad privada, desatoros, funerarias, transporte de fondos y similares). La circulación por el interior de la ZBE con vehículo que no cumpla alguno de estos requisitos se considerará una infracción grave y conllevará una sanción de 200 euros, del mismo modo que se ha establecido en las ordenanzas de las principales ciudades de España.
La ciudadanía puede consultar la clasificación ambiental de su vehículo a través de la página web de la DGT (consulta del distintivo ambiental (dgt.gob.es).
Para circular por la Zona de Bajas Emisiones de la ciudad no será obligatorio obtener y colocar en los vehículos el distintivo (pegatina) que expide la DGT porque el control de acceso se hará a través de cámaras que leerán y comprobarán las matrículas.




