Desestimadas tres demandas de 700.000 euros contra el Ayuntamiento por la Recogida Neumática de basura
El consistorio gana los primeros casos en los tribunales contra comunidades de propietarios que exigían indemnizaciones

Sede de la Ciudad de la Justicia en Córdoba / Cadena SER

Córdoba
El Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Córdoba ha fallado a favor del Ayuntamiento de Córdoba respecto a tres demandas presentadas por la falta de implantación del sistema de Recogida Neumática de residuos de SADECO. Es la quinta ocasión en la que los tribunales cordobeses dan la razón al consistorio, eximiéndole de la responsabilidad de indemnizar a los propietarios de viviendas que implantaron esa infraestructura.
En las tres últimas resoluciones judiciales, a las que ha tenido acceso la Cadena SER, se reclamaban más de 700.000 euros de las arcas públicas. Concretamente, la comunidad residencial 'Mezquitas de Poniente' exigía 408.172 euros de compensación; la comunidad de vecinos 'Las Ermitas' solicitaba 148.124 euros; y la comunidad de propietarios 'Hábitat Zahira' del número 3 de la calle Jesús Caído había reclamado 159.552 euros.
MÁS DE 70 MILLONES DE EUROS EN DEMANDAS
La problemática de la recogida neumática de en Córdoba se remonta al año 2005, cuando se aprobó un plan para instalar este sistema de gestión de residuos en las zonas de expansión de la ciudad, especialmente en los barrios de Poniente o Turruñuelos. Durante casi dos décadas, las empresas promotoras y las comunidades de propietarios se vieron obligadas por normativa municipal a realizar una inversión extra para contar con esta infraestructura en los bloques de vivienda.
Los equipamientos incluían buzones en los portales, bajantes o tuberías de conexión hacia una gran planta de gestión de basura, a la que llegarían las bolsas de desechos mediante 'succión'.
Sin embargo, el sistema nunca llegó a funcionar y la administración local cordobesa terminó desistiendo de su puesta en marcha, especialmente después de una resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que en 2023 declaró la nulidad del Plan Especial de Recogida Neumática por su no adecuación al PGOU de Córdoba. Y es que la construcción del corazón del sistema, la central de gestión de residuos, se había proyectado en una zona protegida por su valor medioambiental.
A partir de ahí, decena de comunidades de propietarios empezaron a demandar en masa al Ayuntamiento de Córdoba, exigiendo indemnizaciones por haber pagado un sistema que nunca prestará el servicio prometido. En total, se estima que al consistorio se le exigen 74 millones de euros en compensaciones.
Aunque las sentencias dictadas hasta ahora hacen hincapié en la necesidad de analizar cada caso de forma individualizada, estas tres resoluciones podrían 'marcar un camino' jurisprudencial respecto al resto de asuntos que quedan por resolver.
DOCE AÑOS DE PLANIFICACIÓN AJUSTADA A DERECHO
El titular del Juzgado de lo Contencioso recuerda que desde que el Plan de Recogida Neumática fue aprobado en el Pleno del Ayuntamiento de Córdoba hasta que se produjo una impugnación del mismo transcurrieron 12 años. "No había discrepancia hasta el año 2017 con la legalidad del plan", dice el juzgador, más allá de reconocer las discrepancias propias de un proyecto de semejante envergadura.
Como hasta el momento en que se planteó modificar la localización de la planta de tratamiento de residuos nadie puso ningún inconveniente a este plan municipal, "no puede calificarse de irrazonable o arbitrario el ejercicio de la potestad planificadora que hizo el Ayuntamiento", dice la sentencia. Es decir, que exigir a las constructoras el pago de la instalación de la infraestructura para la recogida neumática parecía legítimo y ajustado a derecho.
Así, las resoluciones que firma el magistrado Rafael García, expone que el daño patrimonial que reclaman haber sufrido las comunidades de propietarios demandantes "no puede considerarse antijurídico, pues se ejercitó de forma razonable la potestad reglamentaria en la aprobación del plan". Y añade, además, que "la jurisprudencia admite un margen de tolerancia" a la administración en sus actuaciones.
[NOTICIA EN CONSTRUCCIÓN]

Álvaro Guerrero Jiménez
Redactor y editor en los servicios informativos de la Cadena SER en Córdoba. Previamente ha trabajado...




