El plazo de renovación de aparcamiento en zona ORA 2026 para residentes será desde el próximo día 2 de enero hasta el 15 de febrero
Se puede tramitar íntegramente por internet a través de www.jerez.es/movilidad y también presencialmente en la sede del Servicio de Movilidad a partir del día 7 de enero
Zona Ora en jerez
Jerez de la Frontera
El Servicio de Movilidad abrirá el próximo día 2 de enero el plazo de renovación de la Zona O.R.A. para residentes, a través de la página web de Movilidad en www.jerez.es/movilidad. También será posible realizar este trámite de manera presencial en las oficinas del Servicio de Movilidad, ubicadas en Divina Pastora (calle Cádiz), a partir del día 7 de enero, en horario de 9.30 a 13.30 horas de lunes a viernes.
Este plazo culminará el día 15 de febrero, de manera que los residentes que tengan abonada la tasa ORA 2025 podrán seguir estacionando sin renovar en su misma zona hasta el mismo 15 de febrero inclusive.
El trámite puede hacerse íntegramente a través de la web https://www.jerez.es/webs-municipales/movilidad/renovacion-ora-2023, opción que se recomienda para evitar tiempos de espera, pero también se podrán cursar por correo electrónico a ora@aytojerez.es y se le enviará el impreso de la autoliquidación para que efectúe a continuación el pago de la tasa. Y también, como anteriormente se ha referido, presencialmente en la planta baja de la sede de Movilidad de Divina Pastora.
Las distintas zonas de residentes son las mismas que en 2025, y al igual que en año anteriores, ya no existe la 'pegatina' que identificaba a los 'Residentes ORA', ya que el control de aparcamiento se hará mediante la lectura automatizada de las propias matrículas.
Conviene subrayar que aquellos propietarios que no han cambiado de vehículo ni de domicilio durante 2025 pueden tramitar 'íntegramente' la renovación de su habilitación ORA por Internet en la página web del Ayuntamiento. Para ello se le pedirá a través de esta vía un número de referencia que figura en el impreso de su liquidación de la tasa ORA 2025.
Para las nuevas altas o para modificaciones de los datos de altas existentes, la tramitación debe realizarse en las oficinas de Movilidad. Asimismo, se recuerda que para habilitar un vehículo en el ORA, se debe ser residente empadronado en la zona ORA (no se precisa expedir documento, se comprobará en las propias oficinas) y aportar copia de DNI, carnet de conducir y permiso de circulación del vehículo (un vehículo por residente).
Del mismo modo, Movilidad ha habilitado un teléfono de información para cualquier consulta relacionada con la renovación o solicitud de la citada tarjeta: 956 149 440. Este teléfono será atendido en el mismo horario indicado de oficinas. Para más información puede consultarse la web www.jerez.es/movilidad.