El administrador judicial del Málaga, José María Muñoz, acusó a la APA de mala fe y esta le contestó
Muñoz remitió un escrito con las preguntas planteadas en la Junta de Accionistas, pero la APA no se quedó conforme

Junta General de Accionistas del Málaga CF / Málaga CF

Málaga
La APA le planteó unas preguntas al administrador judicial del Málaga, José María Muñoz, en la pasada Junta General de Accionistas de la entidad malagueña. Muñoz le remitió un escrito con las respuestas que pueden leer a continuación.
"Respuesta a las preguntas que planteó la ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS
ACCIONISTAS DEL MALAGA CF en el seno de la Junta General Ordinaria de
Accionistas del MÁLAGA CF SAD que se celebró el pasado 29 de diciembre de 2025
1.- Antecedentes,
En primer lugar, y tras revisar las cuestiones que se plantearon durante la Junta General Ordinaria de Accionistas, esta Administración Judicial se ve en la obligación de recordar el ámbito normativo en las que dichas cuestiones se producen.
Disponen los apartados 1 y 2 del artículo 197 de la Ley de Sociedades de Capital lo siguiente:
"I. Hasta el séptimo día anterior al previsto para la celebración de la junta, los accionistas podrán solicitar de los administradores las informaciones o aclaraciones que estimen precisas acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día, o formular por escrito las preguntas que consideren pertinentes.
Los administradores estarán obligados a facilitar la información por escrito hasta el día de la celebración de la junta general.
2. Durante la celebración de la junta general, los accionistas de la sociedad podrán solicitar verbalmente las informaciones o aclaraciones que consideren convenientes acerca de los asuntos comprendidos en el orden del día. Si el derecho del accionista no se pudiera satisfacer en ese momento, los administradores estarán obligados a facilitar la información solicitada por escrito, dentro de los siete días siguientes al de la terminación de la junta
Pues bien, durante la celebración de la Junta General Ordinaria del pasado 29 de diciembre de 2025 la ASOCIACIÓN DE PEQUEÑOS ACCIONISTAS DEL MÁLAGA CF (en adelante, APA) planteó una serie de cuestiones al Administrador Judicial del MÁLAGA CLUB DE FUTBOL, S.L. (la Sociedad) a la que son de aplicación el apartado 2.
Recordarles también que, de conformidad con el Artículo 102 del Reglamento del Registro Mercantil, que regula la redacción del acta de la Junta General realizada por el Sr. Notario, en su regla 5.4, se señala expresamente que el Sr. Notario tomará constancia de las intervenciones cuando así se solicite, consignando el hecho de la manifestación, la identificación del autor y el sentido general de aquélla. Por lo tanto, la literalidad sobre las preguntas planteadas solo será exigible si las mismas se hubieren formulado por escrito.
Así mismo, algunas manifestaciones fueron objeto de contestación en anteriores Juntas
Generales (particularmente en las relativas a la aprobación de las Cuentas Anuales del
MÁLAGA CF SAD que se celebró el pasado 23 de diciembre de 2024, por lo que nos remitimos a las contestaciones realizadas con ocasión de dichas cuestiones que se dan aquí por reproducidas.
El presente documento da respuesta a aquellas preguntas que, según nuestro entendimiento, no pudieron ser contestadas en el mismo acto de la Junta y que, por medio de la presente vengo a dar respuesta a las mismas, al ser fundamentalmente cuestiones que precisan
aclaración especifica.
2.- Preguntas planteadas durante la sesión de la Junta General:
1ª.- Pregunta: Durante la sesión de la Junta General, de forma oral, se planteo la siguiente cuestión que se transcribe conforme a las notas que tuvimos ocasión de tomar (al no encontrarse por escrita): ¿Por qué no se entregaron a los Accionistas los presupuestos del ejercicio 2025/2026 como es preceptivo?
En primer lugar, no cabe duda de que, dicha pregunta, se realiza con manifiesta mala fe. Y ello es así ya que, como son perfectamente conocedores, dicha pregunta ya fue planteada el año 2024 con ocasión de la junta Ordinaria celebrada el 23 de diciembre de 2024. La repetición de la pregunta (como decimos, ya resuelta en anteriores Juntas Generales) solo puede obedecer a un intento de mala fe de generar la impresión de que el administrador incumple sus obligaciones sobre la información legal a facilitar. Transcribimos a continuación la respuesta a esta misma cuestión facilitada en el ejercicio anterior:
"En este sentido, y tal y como se ha señalado al principio del presente escrito, se ruega a la APA que ejercite sus derechos sin abuso. En ningún momento en su pregunta se enunció el pretendido precepto legal por el que se exige que el ejercicio presupuestario de la sociedad tenga que ser objeto de información con ocasión de la aprobación de las cuentas del club.
Es más, en la Ley de Sociedades de Capital o Ley de Sociedades Anónimas Deportivas no se encuentran ni tan siquiera referidos los Presupuesto como un estado contable de obligatoria preparación (con independencia de ser necesarios para la correcta gestión de la sociedad y otras cuestiones referidas por el derecho deportivo). Por ello, en adelante, al desean ejercitar un derecho de información, o más bien, señalan que el mismo se ha incumplido, les rogamos lo ejerciten con la base jurídica correspondiente, preferiblemente señalando el precepto legal cuvo no-cumplimiento esbozan, para asi evitar la Interpretación equivoca de terceros que pudieran pensar que esta administración no cumple con los preceptos societarios de aplicación".
2°- Se pregunta por la diferencia del número de págína de las Cuentas Anuales aludiendo a que dicha diferencia con las de ejercicios anteriores implica la existencia de una menor transparencia en la información.
Nuevamente, se acompaña la realización de una pregunta sobre una cuestión acompañada de un comentario o presunción de irregularidad en la gestión de la información, pero sin señalar la existencia de ningún precepto infringido o derecho de información a ejercitar que no se haya ejecutado correctamente. Lo insólito de la pregunta y del comentario solo puede obedecer a un intento, totalmente mal intencionado, de confundir sin soporte legal alguno.
Adicionalmente la manifestación que acompaña a la pregunta no se ajusta a la realidad. A continuación, el ejercicio realizado por los servicios internos de la entidad sobre el número de páginas de las Cuentas Anuales de la sociedad en los últimos ejercicios:

Tabla con el número de páginas que tenían las cuentas anuales previas

Tabla con el número de páginas que tenían las cuentas anuales previas
3°- Se realiza una cuestión sobre la razón de que el importe final de las tres actas, por
300.000 euros, impuestas por LaLiga de Futbol Profesional.
LaLiga de Futbol Profesional impuso esas sanciones por estar excedidos en límite de coste de plantilla deportiva de la temporada 19-20.
4°- Se realiza una cuestión sobre la razón de que el importe con el Ayuntamiento a la
Sociedad es de 387.000 € hayan quedado finalmente liquidadas en un importe inferior.
Obedece a la salida del Málaga CF de utilizar las instalaciones del Estadio Ciudad de Málaga en abril de 2020 dentro de la política de ajustes de costes que se estaba llevando. La cantidad que aparece en los informes trimestrales remitidos al Juzgado de Instrucción n° 14 es siempre la misma ya que la cuantía del pleito, se haya abonado o se esté abonando, es la misma. El importe principal es 366.558,88 €.
Fdo. José María Muñoz Jiménez".
La asociación de pequeños accionistas del Málaga CF no se conformó con las respuestas y emitió un comunicado a continuación:
"A la atención de D. José María Muñoz Jiménez, Administrador Judicial del Málaga
C.F. S.A.D.
Mediante el presente escrito queremos dar contestación al Burofax que nos envían, con las respuestas a algunas de nuestras preguntas de la pasada Junta General de Accionistas del Málaga C.F. S.A.D., celebrada en la sala de prensa Juan Cortés del estadio de La
Rosaleda el pasado 29 de diciembre de 2025.
En primer lugar queríamos darle las gracias por el nuevo ejercicio realizado de búsqueda, copia y pega de legislación, con esos articulados tan poco clarificadores para aquellas personas como nosotros, que no somos Doctores en Derecho Mercantil, sino accionistas (es decir, dueños legítimos) y aficionados desde hace muchos años del Málaga C.F., que únicamente solicitan y precisan respuestas sencillas a preguntas concretas como las formuladas en ésta y otras Juntas.
Empleando una terminología jurídica pero más terrenal, preferimos más otras fuentes de derecho como los usos y las costumbres. Según esas costumbres y dentro de una interpretación lógica a nuestro entender, si proporcionar los presupuestos del club del próximo ejercicio no es contrario a ley, sino que se ajusta a esa que usted tan bien conoce, copia y pega, y además ha sido una práctica, una costumbre realizada por el club antes de su llegada e incluso durante su ejercicio al frente en sus primeros años,
¿por qué ahora ha dejado de hacerse? ¿hay algo que ocultar o que no deba saberse?
Y si se lo solicitan reiteradamente los dueños de club, nosotros los accionistas, a los que usted en teoría defiende, independientemente de los porcentajes que la ley establece, porque entendemos que las leyes también deben ser interpretables según el caso, siempre que no cause un perjuicio a nadie, como aquí ocurre, ¿de qué tiene miedo?
En segundo lugar nos gustaría hacerle ver que ha cometido un error en su escrito de contestación. Lógicamente tiene usted excusa, ya que utiliza un término que no es estrictamente jurídico, sino que se aplica también a otros ámbitos de la vida, en la lengua y la literatura. Es el uso equivocado al emplear la expresión "mala fe
Recoge la Real Academia de la Lengua Española (RAE) y el Diccionario panhispánico del español jurídico, y citamos textualmente, que "mala fe" se refiere a la "doblez, malicia, temeridad o falta de rectitud con que se hace algo, especialmente al conocer un vicio en el propio obrar o título, ocultando intencionadamente circunstancias relevantes para engañar o incumplir un deber". También indica la definición, santa RAE, que "se usa para describir omisión de información crucial".
Por lo tanto, Sr. José María Muñoz, su omisión de información es la conducta que conlleva una mala fe, su ocultación intencional (porque no nos facilita esos datos relevantes que demandamos para poder aclarar dudas razonables que siguen sin ser resueltas por esa falta de provisión de información) es la que la Real Academia Española define como maliciosa o de mala fe, no nuestra solicitud legítima. Queríamos advertirle de este error para su conocimiento y rectificación si procede.
Es quizás esa confusión sobre el concepto de la mala fe que parece tener lo que nos hace entender ahora hechos pasados, como los ocurridos a la familia de nuestro querido Juan Carlos Salcedo. O no invitar a esta Asociación de propietarios del club a la inauguración de la Academia del Málaga C.F. amparándose en que es Usted el autoproclamado presidente de la Fundación Málaga C.F.
Sobre otras cuestiones como el número de páginas de las cuentas anuales, tiempo al tiempo, ya veremos quién dice la verdad.
Si nos permite un consejo, no presuma usted tanto de gestión y de beneficios anuales.
Desde que es usted Administrador Judicial del club siempre ha tenido pérdidas, salvo la temporada 2023/24, en la que presentó beneficios de 3,200,000 Euros, gracias a los traspasos y pedreas de otros jugadores por derechos de formación. Sin esto, pérdidas
como siempre.
La temporada pasada 2024/25, más de lo mismo, beneficios, pero a costa de nuevos traspasos y otros extras. Cuando pase la marea, y veamos toda la cantera esquilmada, con equipos inferiores haciendo el ridículo en sus grupos de competición y no haya renovación generacional de calidad, quizás entendamos muchas cosas.
Para terminar, querríamos expresar un sentir general, el que manifiesta la Rosaleda todos los días de partido, y no es otro que el hartazgo de esta situación judicial, que se prolonga ya seis años. Esperemos que Doña María de los Ángeles Ruiz acelere este proceso. Que sepamos, pocas empresas en la historia y desde luego ninguna futbolística ha estado tanto tiempo judicializada.
Ya es tiempo de quitar las cadenas que envuelven a nuestro club.
Esperemos que cumpla usted con su obligación como Administrador Judicial y reclame a las personas que incumplieron el límite salarial el dinero de las sanciones que nos están demandando en la actualidad, o asuma Usted o su seguro de Responsabilidad Civil los errores y fallos de su gestión que según parece supuestamente, puedan haberse cometido, perjudicando al Málaga C.F. (porque tampoco tenemos información de este respecto, y no es por mala fe nuestra, se lo aseguramos, como tampoco somos culpables de la estafa telefónica de 2,700 €uros que le hicieron al Málaga C.F. en la tienda de Calle Larios).
Sin más, le mandamos un saludo, sin ninguna acritud.
Firmado:
Asociación de Pequeños Accionistas del Málaga C.F."




