Condena de cuatro años por abusar de una amiga con la que coincidió de fiesta en Málaga
La defensa recurrió y el TSJA rechaza los argumentos, al señalar que aunque el acusado reconoció la realidad del contacto sexual y negó no haber contado con el consentimiento de la mujer

Edificio de la Real Chancillería de Granada y sede del TSJA

Málaga
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de cuatro años de cárcel impuesta por la Audiencia de Málaga a un hombre por abusar sexualmente de una joven en una discoteca de la capital malagueña donde ambos coincidieron junto a amigos y conocidos en común y aprovechando el acusado que la mujer se encontraba ebria.
Según se declaró probado por la Sala de Málaga y ahora confirma el alto Tribunal andaluz, los hechos sucedieron en marzo de 2022, de madrugada, tras coincidir ambos con amigos comunes que estaban en ese momento, entre ellos el hombre que compartía piso con el novio de la joven. Este y el acusado le dieron una copa con alcohol y estuvieron juntos hasta el cierre de la discoteca.
En ese momento, dice la sentencia ahora confirmada, el acusado, "aprovechando el estado etílico que ella presentaba y que la privaba de voluntad, en lugar de acompañarla al domicilio de su novio, con el que había quedado en que iría a su casa, se la llevó a su propio domicilio, "sin contar con su anuencia", donde mantuvo relaciones sexuales con ella "sin su consentimiento".
"Cuando ella despertó por la mañana en el domicilio de él, junto al mismo, con la falda pantalón que llevaba parcialmente rota", tenía dolores y estaba "aturdida y sin tener conciencia clara de lo que había sucedido, desde que estaba en la discoteca", señala la resolución, "sintiendo que el procesado había abusados sexualmente de ella".
Por estos hechos se le condenó por un delito de abuso sexual a la pena de cuatro años de prisión, además de imponerle la prohibición durante cinco años de aproximarse a menos de 500 metros o comunicarse con la mujer, cinco años de libertad vigilada y la obligación de participar en programa de educación sexual. Como responsabilidad civil, le condenaron a indemnizar a la mujer con 6.000 euros.
La defensa recurrió y el TSJA rechaza los argumentos, al señalar que aunque el acusado reconoció la realidad del contacto sexual y negó no haber contado con el consentimiento de la mujer, el Tribunal da "absoluta verosimilitud" a la declaración de la víctima y coincide con la Audiencia en que la situación "relacionada con la ingesta desmedida de alcohol" redundó en sus capacidades intelectivas.

Jesús Sánchez Orellana
Director de contenidos de SER Málaga. Cubre además la información turística para la Cadena SER en Andalucía....




