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Tribunales

La Agencia de Educación en Málaga lleva diez meses sin pagar el alquiler

Los propietarios del inmueble llevan el caso a los tribunales y piden el desahucio de la Agencia

Ciudad de la Justicia de Málaga / agencias

Málaga

El caso, de hecho, ya ha llegado a los tribunales a través de una demanda de los dueños del inmueble contra la Agencia Pública Andaluza de Educación en la que la empresa propietaria reclama el desahucio de la sede en la calle Apamares de Málaga tras expirar el contrato en abril del pasado año.

El edificio suma más de mil metros cuadrados entre oficinas, archivos y almacenes, además de siete plazas de aparcamiento. La renta mensual se fijó en 5.389,84 euros más IVA y no se ha modificado desde la firma del contrato en 2016 con una duración inicial de tres años y prórrogas anuales a partir de ese momento.

En febrero de 2024, la propiedad solicitó una actualización del 18,46% correspondiente al IPC acumulado desde 2016. Posteriormente, en julio de ese mismo año, planteó una subida del 3,7% conforme al índice vigente en abril de 2024. Sin embargo, la última prórroga firmada por la Agencia incluía una cláusula que establecía expresamente que la renta no sería revisada durante la ejecución del contrato ni en sus prórrogas, afirman desde esta administración.

El contrato venció el 6 de abril de 2025. Según la documentación aportada por la propiedad, el 10 de febrero de 2025 se remitió un burofax comunicando la no renovación y, el 14 de abril, se requirió formalmente el desalojo en un plazo de cinco días. La propiedad sostiene que, desde entonces, la Administración ocupa el inmueble sin título jurídico y sin abonar las rentas correspondientes.

La empresa presentó demanda el 27 de mayo de 2025 ante el Juzgado de Primera Instancia número 20 de Málaga, solicitando la resolución del contrato por expiración del plazo y el desahucio. También reclama una indemnización mensual equivalente a la renta pactada más IVA desde el 6 de abril de 2025 hasta la entrega de llaves, fijando la cuantía del procedimiento en 78.260,47 euros.

A 19 de diciembre de 2025, la demanda no había sido admitida definitivamente a trámite. El Letrado de la Administración de Justicia condicionó su admisión a que la parte demandante subsanara tres requisitos: la presentación de copias en papel por no estar operativo el sistema digital en Andalucía, la acreditación del pago de la tasa judicial y la aclaración sobre si la demanda fue presentada previamente en otro juzgado.

El juzgado sí ha resuelto que no es exigible la mediación previa, al tratarse de una entidad del sector público, quedando la admisión pendiente únicamente del cumplimiento de los requisitos procesales señalados.

Por su parte, la Agencia Pública Andaluza de Educación sostiene que el contrato contempla prórrogas anuales conforme a la Ley de Arrendamientos Urbanos y que no prevé revisión de la renta. Además, afirma que no tiene constancia de que la demanda haya sido admitida a trámite y señala que procederá al abono de las cantidades adeudadas mientras tramita el traslado a otra sede conforme al procedimiento administrativo correspondiente.

El procedimiento judicial continúa pendiente de admisión definitiva.

Ignacio San Martín

Periodista de Málaga especializado en tribunales...