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Aprobada la convocatoria de ayudas del Plan Municipal de Vivienda 2026 destinadas a la rehabilitación y conservación de viviendas y edificios residenciales del municipio

El Ayuntamiento ha indicado que el presupuesto de estas ayudas asciende a 220.000 euros que podrán alcanzar hasta el 75% del coste de las obras y el 90% en casos de especial protección

Aprobada la convocatoria de ayudas del Plan Municipal de Vivienda 2026 destinadas a la rehabilitación y conservación de viviendas y edificios residenciales del municipio

Aprobada la convocatoria de ayudas del Plan Municipal de Vivienda 2026 destinadas a la rehabilitación y conservación de viviendas y edificios residenciales del municipio

Aprobada la convocatoria de ayudas del Plan Municipal de Vivienda 2026 destinadas a la rehabilitación y conservación de viviendas y edificios residenciales del municipio

El Ayuntamiento de Andújar ha aprobado la convocatoria de ayudas del Plan Municipal de Vivienda 2026 destinadas a la rehabilitación y conservación de viviendas y edificios residenciales del municipio. Esta iniciativa tiene como objetivo mejorar las condiciones de seguridad, accesibilidad, eficiencia energética, habitabilidad y conservación del parque residencial local.

La convocatoria, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén, establece un presupuesto total de 220.000 euros, distribuido en dos programas diferenciados: el Programa A, dirigido a la rehabilitación de viviendas y el Programa B, destinado a la rehabilitación de edificios residenciales.

Las ayudas se concederán en régimen de concurrencia competitiva y podrán cubrir hasta el 75% del presupuesto protegible de las actuaciones subvencionables. En el caso del Programa A, el presupuesto máximo subvencionable será de 3.500 euros, excluido el IVA, mientras que, en el Programa B, destinado a edificios residenciales, el presupuesto protegible podrá alcanzar los 8.500 euros, incluyendo el coste de las obras, así como, en su caso, la redacción de memoria técnica o informe de evaluación del edificio.

Asimismo, se contempla un incremento de la subvención hasta el 90% del presupuesto protegible para personas mayores incluidas en grupos de especial protección, siempre que las actuaciones estén destinadas a mejorar la accesibilidad y los ingresos no superen 3,5 veces el IPREM.

Podrán beneficiarse de estas ayudas, en el caso del Programa A, las personas físicas propietarias, usufructuarias o arrendatarias de viviendas que constituyan su residencia habitual y permanente, siempre que cumplan los requisitos establecidos, entre ellos no superar 5,5 veces el IPREM en ingresos familiares. Las viviendas deberán contar con una antigüedad superior a 15 años, salvo en actuaciones destinadas a mejorar la accesibilidad o adaptadas a personas con discapacidad, y no haber recibido ayudas municipales para rehabilitación en los últimos cinco años.

Por su parte, el Programa B está dirigido a comunidades de propietarios legalmente constituidas que promuevan actuaciones en elementos comunes de edificios residenciales. Para optar a estas ayudas, será necesario contar con acuerdo de la comunidad aprobado por al menos el 50% de las viviendas, que al menos la mitad de las mismas estén ocupadas de forma habitual y permanente y que el 50% de los propietarios cumpla con los límites de ingresos establecidos.

 

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