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Las acusaciones insisten en pedir 27 años para el presunto asesino de su exmujer

La fiscalía y las acusaciones particular y pública han insistido en reclamar este jueves, en el tramo final del juicio con jurado que se sigue en la Audiencia de Huesca contra el hombre (c), que mató a su exmujer a cuchilladas en Barbastro ante sus tres hijos menores de edad, una condena de 27 años de prisión como presunto autor de un asesinato con las agravantes de alevosía, ensañamiento y de violencia de género.EFE/Quique Fácil / Quique Fácil (EFE)

La fiscalía y las acusaciones particular y pública han insistido en reclamar este jueves, en el tramo final del juicio con jurado que se sigue en la Audiencia de Huesca contra el hombre (c), que mató a su exmujer a cuchilladas en Barbastro ante sus tres hijos menores de edad, una condena de 27 años de prisión como presunto autor de un asesinato con las agravantes de alevosía, ensañamiento y de violencia de género.EFE/Quique Fácil

La fiscalía y las acusaciones particular y pública han insistido en reclamar este jueves, en el tramo final del juicio con jurado que se sigue en la Audiencia de Huesca contra el hombre que mató a su exmujer a cuchilladas en Barbastro ante sus tres hijos menores de edad, una condena de 27 años de prisión como presunto autor de un asesinato con las agravantes de alevosía, ensañamiento y de violencia de género.

Por su parte, el letrado de la defensa, Javier Vilarrubí, ha instado al jurado a "entender" el trastorno paranoide que le fue diagnosticado al acusado dos años antes de producirse el crimen, el 20 de junio en la casa de la víctima, y a declararle inimputable, de acuerdo a dos de los informes pisquiátricos aportados a la causa que consideran que a pesar de ser consciente de la ilicitud de los hechos, tenía su capacidad volitiva seria o totalmente afectada.

Tanto la fiscal, como los representantes de la acusación particular y popular han instado a valorar los hechos en sí mismos, el apuñalamiento de la víctima hasta en doce ocasiones, y a tener en cuenta otros informes psiquiátricos debatidos durante la vista para concluir que el procesado, Abdelkader M., "sabía y quería hacer lo que hacía".

En concreto, han hecho referencia al testimonio de la psicóloga que atendía habitualmente al procesado en Barbastro, que le atendió dos horas antes de crimen, y de la especialista que le vio dos horas después de la agresión, las cuales aseguraron que habían visto "estabilizado" al paciente antes y después de los hechos, y descartaron que fuera víctima de un brote psicótico.

También han hecho referencia al informe aportado por dos forenses del Instituto de Medicina Legal de Aragón (IMLA), para quienes el procesado tenía una merma "muy leve" de su capacidad volitiva en el momento de acuchillar a su mujer, Hazna, así como la existencia de un móvil, la negativa de la víctima a vender el piso que habitaba para repartirse el dinero.

Asimismo, han valorado como "muy importante" la opinión manifestada durante la vista por el jefe del Servicio de Agudos de la Unidad de Psiquiatría del Hospital San Jorge de Huesca, que se desdijo ante el jurado del diagnóstico establecido en un informe que elaboró días después de los hechos y en el que confirmaba que el procesado padecía un trastorno paranoide.

Por su parte, el abogado de la acusación particular, Alejandro Soteras, ha llamado la atención al jurado sobre el atestado elaborado por la Guardia Civil, en el que se valora a Hazna como una "mujer valiente", ya que se atrevió a desafiar su carga cultural al divorciarse, mostrarse independiente y no sometida a su marido y planificar su vida junto a sus hijos.

En su intervención, el letrado de la defensa ha insistido en la intervención del psiquiatra forense del IMLA adscrito al juzgado de Barbastro, Jaime Cobos, para quien el procesado, sobre la base de su historial clínico, es inimputable debido al trastorno paranoide que le había sido diagnosticado y que le llevó en diversas ocasiones a estar hospitalizado en pabellones psiquiátricos.

Ha resaltado que este especialista había advertido dos años antes a la jueza de Barbastro que instruyó una denuncia por maltrato contra el acusado que éste era una persona potencialmente peligrosa y capaz de desarrollar una gran agresividad, y que en el juicio que se celebró por estos hechos aportó un informe que motivó su absolución por el tribunal, que acordó a su vez un estricto seguimiento psiquiátrico del paciente durante un periodo de un año.

El letrado de la defensa ha destacado, de acuerdo con el doctor Cobos y con otros dos peritos psiquiatras que elaboraron un informe de parte, que los pacientes con trastorno paranoide son "personas normales" que no suelen exteriorizar nada, pero que cuando aflora su enfermedad, "su voluntad se ve anulada y no pueden parar la acción de matar".

En este sentido, ha considerado "compatible" la conducta tranquila del acusado una vez cometido el crimen ya que "ya había puesto fin al objeto causante de su trastorno", ha subrayado en relación a Hazna.

"Su objetivo era su mujer y no sus hijos", ha insistido el abogado para explicar los motivos por los que su cliente no había actuado posteriormente contra ellos.

Tras destacar que el acusado "actuó por deber, de acuerdo a su propio código interno", ha calificado de "inaudito" el hecho de que el jefe de psiquiatría del hospital oscense se hubiera desdicho de su informe previo argumentando al jurado "que se había enterado por la televisión de que existía un móvil económico y que eso le había llevado a considerar que el acusado era consciente del crimen".

Una modificación hecha "sin ningún tipo de rigor documental", ha añadido el letrado, que ha esgrimido jurisprudencia del Supremo para rechazar la aplicación de las agravantes de ensañamiento y alevosía para tipificar los hechos como asesinato".

Finalizadas las intervenciones de los letrados y tras rechazar el acusado su derecho a pronuncia la última palabra, el presidente del tribunal ha emplazado al jurado a la jornada de mañana para recibir el cuestionario sobre el que deberán fundamentar su veredicto.

 

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