Condenado a 11 años un joven por abusos sexuales a una menor disminuida

Palacio de Justicia

Huesca
La Audiencia de Huesca ha condenado a 11 años de prisión a un joven por los abusos sexuales continuados sufridos en la localidad de Jaca una menor que tenía disminuidas sus capacidades psíquicas y cognoscitivas, y con el abuso de superioridad derivado de su mayor edad y capacidad intelectual.
En su sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal oscense se apoya en los propios testimonios de la menor, así como en el informe médico realizado a la misma tras la denuncia de los hechos y en el testimonio de la psicóloga que realizó una exploración a la niña, que detectó un nivel de inteligencia bajo que situaba su edad mental de 2 a 5 años por debajo de la real.
Los abusos denunciados se repitieron de forma continua entre 2018 y 2019 en la vivienda del acusado, un joven de 25 años que vivía en casa de su madre con su hermana menor de edad, amiga íntima de la víctima de los hechos, que tenía en esos momentos 12 años.
Frente a la negación continua de la acusación por parte del joven, el tribunal valora el testimonio reiterado y constante de la menor, los informes periciales presentados y las conversaciones mantenidas entre el acusado y la víctima por Whatsapp, con comentarios que aludían a los actos sexuales llevados a cabo y que planteaban su continuidad en otros momentos.
El tribunal califica los hechos como un delito continuado de abusos sexuales con penetración sobre una menor de 16 años con la agravante de superioridad, pero descarta que se produjeses con violencia e intimidación a partir de los comentarios por Whatsapp, en los que la propia víctima se planteaba continuar con las relaciones.
La sentencia aprecia, a tenor de la prueba pericial psicológica, que la niña asumió los abusos y su continuidad porque no quería que se viese afectada su relación con la hermana del acusado, una niña que, destaca la sentencia a tenor de las manifestaciones de los peritos, le había evitado sufrir episodios de "bulliyng" en el colegio.
El tribunal establece la condena finalmente impuesta al acusado en relación a la anterior tipificación de delito en el Código Penal, al entender que la reforma llevada a cabo a la luz de la ley del "sólo sí es sí" hubiera motivado una pena de hasta 15 años de prisión.
Además, el tribunal impone al acusado la prohibición de acercarse o comunicar con la víctima durante 16 años, libertad vigilada durante 8 años tras el cumplimiento de la condena y una indemnización a la menor de 15.000 euros.




