Política

El juez rechaza anular la destitución de Aliaga como presidente del PAR

Arturo Aliaga, consejero del Gobierno de Aragón

El titular del Juzgado de Primera Instancia número 2 de Zaragoza ha rechazado anular la destitución de Arturo Aliaga como presidente del PAR, tal y como habían pedido cuatro personas de la ejecutiva afines al exdirigente aragonesista, apartado del cargo a mitad de febrero por una moción de censura.

Estas cuatro personas (Javier Muñoz, Joaquín Peribáñez, Ildefonso Salillas y María Jesús Morera) solicitaron medidas cautelares al considerar nulos los acuerdos adoptados al respecto en el PAR (el cese de Aliaga y su sustitución por Clemente Sánchez-Garnica y la convocatoria de primarias).

Estimaron los cuatro demandantes que estas decisiones excedían de los atributos de una ejecutiva en funciones, que debería "restringir su actividad al funcionamiento ordinario".

Los propios demandantes adujeron en su escrito de demanda, según el auto al que ha tenido acceso Efe, que "no existe previsión alguna" en los estatutos del partido sobre cómo debe funcionar o hasta dónde llegan las competencias de sus órganos cuando una sentencia resuelve anular su Congreso.

El 30 de noviembre del año pasado el titular del juzgado de primera instancia número 18 de Zaragoza anuló los resultados del congreso del PAR que en octubre de 2021 reeligió presidente a Arturo Aliaga por considerar nulos el censo de militantes y la lista definitiva de compromisarios.

La decisión de Aliaga de acatar la sentencia y no recurrirla motivó la moción de censura con la que la mayoría de la ejecutiva que presidía le apartó del cargo y convocó unas primarias para determinar al cabeza de lista a las elecciones autonómicas, posponiendo la celebración de un nuevo congreso.

La sentencia fue apelada y el juez determinó requerir al PAR a convocar un nuevo congreso en seis meses previa elaboración y aprobación de un nuevo censo.

En su auto, notificado este lunes, el juez estima que actualmente no se encuentran limitadas las funciones de los órganos del partido en lo relativo al cese del presidente y nombramiento de otro en su lugar y a la convocatoria de primarias para concurrir a las elecciones municipales y autonómicas.

El juez hace referencia al artículo 6 de la Constitución española, que establece la necesidad de que los partidos políticos se ajusten en su organización, funcionamiento y actividad a los principios democráticos.

"Y un reflejo de este principio es que el máximo órgano de los mismos pueda cesar a su presidente, nombrar otro en su lugar y convocar elecciones primarias de cara a la celebración de las próximas elecciones, por lo que procede desestimar la solicitud de medida cautelar", insiste el juez en su auto.

Tras conocer el auto, el presidente del PAR, Clemente Sánchez-Garnica ha asegurado que con la desestimación de las cautelares queda demostrado "una vez más" el PAR "ha salido victorioso" frente a "quienes pretenden evitar" que se presenten a las elecciones.

Según Sánchez-Garnica, candidato al Ayuntamiento de Zaragoza, "el juez deja muy claro que la Ejecutiva está capacitada para llevar a cabo todas las acciones que ha realizado".